Autoridades y personal. . (2025/28-37)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso de acceso para la contratación de Profesorado Ayudante Doctor por el mecanismo de adaptación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1659/12
riesgo durante la gestación, embarazo o lactancia, violencia de género y otras formas de
violencia contra la mujer, así como por razones de conciliación o cuidado de familiares o
personas dependientes.
Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, podrá alcanzar
una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las
limitaciones en la actividad.
Asimismo, cuando dichas situaciones dieran lugar a la reducción de la jornada, el
contrato se prorrogará por el tiempo equivalente a la jornada que se hubiera reducido.
Transcurridos los tres primeros años del contrato, la universidad realizará una
evaluación orientativa del desempeño de las Profesoras y los Profesores Ayudantes
Doctores, que podrá encargarse a las agencias de calidad competentes. Esta
evaluación tendrá como objetivo valorar el progreso y la calidad de la actividad docente
e investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento del
profesorado, que deberán conducirle a alcanzar los méritos requeridos para obtener la
acreditación necesaria para concursar a una plaza de profesorado permanente una vez
finalizado el contrato de trabajo.
Disposición final. Contra esta resolución podrá interponerse por las personas
interesadas recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico oficial de la
Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el
artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda
presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el
mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso ContenciosoAdministrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente
de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00315268
Sevilla, 3 de febrero de 2025.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1659/12
riesgo durante la gestación, embarazo o lactancia, violencia de género y otras formas de
violencia contra la mujer, así como por razones de conciliación o cuidado de familiares o
personas dependientes.
Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, podrá alcanzar
una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las
limitaciones en la actividad.
Asimismo, cuando dichas situaciones dieran lugar a la reducción de la jornada, el
contrato se prorrogará por el tiempo equivalente a la jornada que se hubiera reducido.
Transcurridos los tres primeros años del contrato, la universidad realizará una
evaluación orientativa del desempeño de las Profesoras y los Profesores Ayudantes
Doctores, que podrá encargarse a las agencias de calidad competentes. Esta
evaluación tendrá como objetivo valorar el progreso y la calidad de la actividad docente
e investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento del
profesorado, que deberán conducirle a alcanzar los méritos requeridos para obtener la
acreditación necesaria para concursar a una plaza de profesorado permanente una vez
finalizado el contrato de trabajo.
Disposición final. Contra esta resolución podrá interponerse por las personas
interesadas recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico oficial de la
Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el
artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda
presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el
mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso ContenciosoAdministrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente
de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00315268
Sevilla, 3 de febrero de 2025.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja