3. Otras disposiciones. . (2025/26-42)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 228/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1437/6

transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, así como las siguientes condiciones:
1.ª En virtud del artículo 140 del R.D. 1955/2000, esta declaración, en concreto, de
utilidad pública, se realiza a los efectos de la imposición y ejercicio de las correspondientes
servidumbres de paso para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios
auxiliares o complementarios.
2.ª lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación
eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del estado,
o de las comunidades autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia
o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000.
Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el apartado
anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto sobre
imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de Patrimonio
y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.
Tercero. Notificar la presente resolución a los interesados en el expediente, a los
organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente y
a los titulares de bienes y derechos afectados, de conformidad con lo establecido en el
artículo 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Tales publicaciones se realizan,
igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de
notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante
esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
Administración de la Junta de Andalucía.

00315046

Cádiz, 3 de febrero de 2025.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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