3. Otras disposiciones. . (2025/26-41)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén. (PP. 9099/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 48217/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación,
Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se
autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén. (PP. 9099/2024).
De acuerdo con la Propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de
Relaciones con las Corporaciones Locales, con fecha 10 de julio de 2024, y en virtud
de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el
que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de
ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de
9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis aprobadas por el Ayuntamiento de Jaén
que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS, IVA INCLUIDO
Conceptos e importes tarifas para 2024:
TARIFA 1
1,64 euros
0,91 euros
22,45 euros
4,16 euros
TARIFA 2
1,99 euros
1,13 euros
28,03 euros
5,17 euros
TARIFA 3
Según tarifa
1,83 euros
22,45 euros
Según tarifa 1 o 2
• Suplemento por bulto o maleta de más de 60 cm
• Suplemento por cada viajero que exceda de la cuarta plaza ocupada
• Suplemento días 24 y 25 de diciembre y 31 de diciembre y 1 de enero:
Vigente desde las 21:00 horas del día 24 de diciembre a 7:00 horas
del día 25 de diciembre y desde las 21:00 horas del día 31 de diciembre
a 7:00 horas del día 1 de enero
TARIFA 4
2,49 euros
1,41 euros
34,04 euros
6,46 euros
0,55 euros
1,00 euros
3,09 euros
Régimen aplicación tarifas:
Tarifa 1: Será de aplicación en todos los servicios prestados en días laborables,
dentro del límite determinado y señalizado como «casco urbano». En horario de 6:00 a
22:00 h.
Tarifa 2: Será de aplicación en todos los siguientes servicios:
• Días de lunes a viernes, en horario desde las 00:00 hasta las 6:00 horas.
• De lunes a viernes, en horario desde las 22:00 hasta las 24:00 horas.
• Sábados, domingos y festivos de 7:00 a 24:00 horas.
• Las 24 horas de los días de feria de junio y octubre (días determinados oficiales por
el Ayuntamiento). Salvo en los periodos de días y horarios recogidos en la tarifa 4, en los
que será de aplicación dicha tarifa 4.
• Las 24 horas de los días 24 de diciembre a 6 de enero, inclusive. Salvo en los periodos
de días y horarios recogidos en la tarifa 4, en los que será de aplicación dicha tarifa 4.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305165
CONCEPTO
Por bajada de bandera
Por kilómetro recorrido
Por hora de espera
CARRERA MÍNIMA
BOJA
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 48217/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación,
Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se
autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jaén. (PP. 9099/2024).
De acuerdo con la Propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de
Relaciones con las Corporaciones Locales, con fecha 10 de julio de 2024, y en virtud
de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el
que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de
ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de
9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis aprobadas por el Ayuntamiento de Jaén
que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS, IVA INCLUIDO
Conceptos e importes tarifas para 2024:
TARIFA 1
1,64 euros
0,91 euros
22,45 euros
4,16 euros
TARIFA 2
1,99 euros
1,13 euros
28,03 euros
5,17 euros
TARIFA 3
Según tarifa
1,83 euros
22,45 euros
Según tarifa 1 o 2
• Suplemento por bulto o maleta de más de 60 cm
• Suplemento por cada viajero que exceda de la cuarta plaza ocupada
• Suplemento días 24 y 25 de diciembre y 31 de diciembre y 1 de enero:
Vigente desde las 21:00 horas del día 24 de diciembre a 7:00 horas
del día 25 de diciembre y desde las 21:00 horas del día 31 de diciembre
a 7:00 horas del día 1 de enero
TARIFA 4
2,49 euros
1,41 euros
34,04 euros
6,46 euros
0,55 euros
1,00 euros
3,09 euros
Régimen aplicación tarifas:
Tarifa 1: Será de aplicación en todos los servicios prestados en días laborables,
dentro del límite determinado y señalizado como «casco urbano». En horario de 6:00 a
22:00 h.
Tarifa 2: Será de aplicación en todos los siguientes servicios:
• Días de lunes a viernes, en horario desde las 00:00 hasta las 6:00 horas.
• De lunes a viernes, en horario desde las 22:00 hasta las 24:00 horas.
• Sábados, domingos y festivos de 7:00 a 24:00 horas.
• Las 24 horas de los días de feria de junio y octubre (días determinados oficiales por
el Ayuntamiento). Salvo en los periodos de días y horarios recogidos en la tarifa 4, en los
que será de aplicación dicha tarifa 4.
• Las 24 horas de los días 24 de diciembre a 6 de enero, inclusive. Salvo en los periodos
de días y horarios recogidos en la tarifa 4, en los que será de aplicación dicha tarifa 4.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305165
CONCEPTO
Por bajada de bandera
Por kilómetro recorrido
Por hora de espera
CARRERA MÍNIMA