5. Anuncios. . (2025/26-61)
Anuncio de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resolución relativa a procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura, ganadería y pesca.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1481/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resolución relativa a
procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura,
ganadería y pesca.

NIF: 74886086H.
Expediente: MA/0061/24.
Acto notificado: Resolución.
Plazo de recurso de alzada: Un mes, contado desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315090

Intentada sin efecto la notificación de la resolución y liquidación formulada en el
expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que
se cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, e intentada, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta
en dicho expediente, se publica el presente anuncio para que sirva de notificación
del mismo; significándose que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el
expediente, en la Sección de Sanciones de esta Delegación Territorial de Málaga,
Avda. de la Aurora, 47, planta 5.ª, puerta 7; pudiendo formular recurso de alzada
ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Le
comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario
a partir del día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera firmeza en vía
administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes,
contado desde la fecha de la notificación de la presente resolución, sin que haya
sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en
el párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en
los plazos siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere
firmeza hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran
firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en
periodo voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la
resolución recaída en el mencionado recurso, con similares plazos, a contar desde la
fecha de notificación.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la
Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso
normalizado 048.
Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado,
se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos en vía de apremio.