3. Otras disposiciones. . (2025/24-19)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Loyola y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la realización de prácticas externas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025

página 1368/6

Además, le resulta de aplicación el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por
el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento
de aseguramiento de su calidad; el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios; y el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario.
Decimoséptima. Protección de datos.
Las partes intervinientes se comprometen a tratar los datos de carácter personal
recogidos en este Convenio, así como aquellos a los que puedan tener acceso en
desarrollo de la finalidad de gestionar las prácticas académicas externas, de acuerdo con
las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), y de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales, legitimándose por ser necesario para la ejecución del Convenio,
para el cumplimiento de una obligación legal y el cumplimiento de una misión realizada
en interés público o en el ejercicio de poderes conferidos al responsable del tratamiento.
Entre otras obligaciones, las partes se comprometen a no hacer uso de estos para
finalidades distintas de las convenidas y a no difundir ni ceder los datos a terceros, salvo
para el cumplimiento de las obligaciones legales que sean de aplicación. Asimismo,
las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos de carácter
personal, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
obligación que se mantendrá aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con
el responsable o encargado del tratamiento y será complementaria con los deberes del
secreto profesional. Igualmente, las partes se comprometen a adoptar las medidas de
índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado
habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los
riesgos a que estén expuestos, y a cumplir sus correspondientes políticas de privacidad.
Las personas titulares de los datos de carácter personal pueden ejercitar sus
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y
oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente
en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan. Para ello, pueden dirigir
su solicitud a los respectivos delegados de protección de datos o responsables de
seguridad de los datos a través de los cauces que cada parte tenga establecidos.
Decimoctava. Publicación.
Una vez suscrito el presente Convenio, deberá ser publicado íntegramente en el
Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
Y, en testimonio de conformidad con lo expresado, se firma el presente Convenio de
Cooperación Educativa.
El Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00314977

El Rector de la Universidad Loyola.
Fdo.: Fabio Gómez-Estern Aguilar

https://www.juntadeandalucia.es/eboja