Disposiciones generales. . (2025/23-2)
Orden de 30 de enero de 2025, por la que se modifica la Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 23 - Martes, 4 de febrero de 2025
página 1325/6
7. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (artículo 6).
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones.
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: 100% en autofinanciada y 15%
en cofinanciación FEDER.
La Unión Europea participa a través del fondo FEDER en la financiación de estas
subvenciones. Porcentaje: 85%.
Administración General del Estado. Porcentaje: 100%.
10. Solicitudes y escritos (artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a) Obtención del formulario.
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
12. Criterios de valoración (artículo 14).
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Las solicitudes se valorarán de acuerdo a los Criterios y Procedimientos para la
Selección de Operaciones (CPSO) Programa de Andalucía FEDER 2021-2027.
En la valoración se tendrá en cuenta además, la Declaración de San Francisco sobre
la evaluación científica (DORA), que promueve un cambio en el sistema de evaluación de
la investigación, considerando un amplio rango de medidas de impacto. Las evaluaciones
de las propuestas se realizarán por personas expertas en la materia que utilizarán, para
valorar los equipos, criterios de mérito basados en la importancia de las aportaciones
científico-técnicas y su contenido, en relación a la actividad científica que proponen
desarrollar, y también valorarán el impacto de los resultados previstos en la sociedad,
siguiendo los principios DORA, LEIDEN, CoARA y los de la Estrategia Nacional de
Ciencia Abierta.
Dependiendo de la modalidad del proyecto que se convoque, las solicitudes se
valorarán según lo dispuesto en los criterios que se enumeran a continuación, clasificados
por apartados, y que se determinarán en la resolución de convocatoria, no pudiendo
superar los siguientes puntos en cada criterio, sobre una puntuación máxima de 100
puntos:
Criterios de valoración del proyecto.
- Calidad científico-técnica. Hasta 70 puntos.
- Viabilidad del proyecto. Hasta 40 puntos.
- Valoración económica de la propuesta. Hasta 30 puntos.
- Proyectos de investigación clínica. Hasta 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314935
11. Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (artículos 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria
y su extracto se publicarán en:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Convocatoria: www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/
El extracto de la convocatoria:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 23 - Martes, 4 de febrero de 2025
página 1325/6
7. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (artículo 6).
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones.
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: 100% en autofinanciada y 15%
en cofinanciación FEDER.
La Unión Europea participa a través del fondo FEDER en la financiación de estas
subvenciones. Porcentaje: 85%.
Administración General del Estado. Porcentaje: 100%.
10. Solicitudes y escritos (artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a) Obtención del formulario.
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
12. Criterios de valoración (artículo 14).
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Las solicitudes se valorarán de acuerdo a los Criterios y Procedimientos para la
Selección de Operaciones (CPSO) Programa de Andalucía FEDER 2021-2027.
En la valoración se tendrá en cuenta además, la Declaración de San Francisco sobre
la evaluación científica (DORA), que promueve un cambio en el sistema de evaluación de
la investigación, considerando un amplio rango de medidas de impacto. Las evaluaciones
de las propuestas se realizarán por personas expertas en la materia que utilizarán, para
valorar los equipos, criterios de mérito basados en la importancia de las aportaciones
científico-técnicas y su contenido, en relación a la actividad científica que proponen
desarrollar, y también valorarán el impacto de los resultados previstos en la sociedad,
siguiendo los principios DORA, LEIDEN, CoARA y los de la Estrategia Nacional de
Ciencia Abierta.
Dependiendo de la modalidad del proyecto que se convoque, las solicitudes se
valorarán según lo dispuesto en los criterios que se enumeran a continuación, clasificados
por apartados, y que se determinarán en la resolución de convocatoria, no pudiendo
superar los siguientes puntos en cada criterio, sobre una puntuación máxima de 100
puntos:
Criterios de valoración del proyecto.
- Calidad científico-técnica. Hasta 70 puntos.
- Viabilidad del proyecto. Hasta 40 puntos.
- Valoración económica de la propuesta. Hasta 30 puntos.
- Proyectos de investigación clínica. Hasta 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314935
11. Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (artículos 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria
y su extracto se publicarán en:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
Convocatoria: www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/
El extracto de la convocatoria:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
Este subapartado queda redactado de la siguiente forma:
www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
www.sspa.juntadeandalucia.es/fundacionprogresoysalud/gestionconvocatorias/