Disposiciones generales. . (2025/22-4)
Extracto de la Resolución de 8 de enero, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de Almería».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025

página 1243/3

la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración
de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019).
4. Asimismo, de conformidad con el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, para subvenciones de importe superior a 30.000
euros, cuando las entidades solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas
de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la
condición de beneficiaria o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos
de pago previstos en la citada ley.
Tercero. Objeto.
Los incentivos de transición justa, articulados a través de la presente convocatoria,
deberán contribuir a la transformación y consolidación del sector de la piedra y mármol
como un pilar de sostenibilidad y desarrollo para la provincia de Almería, impulsando
así el proceso de transición justa en la provincia hacia una economía sostenible,
climáticamente neutra y circular, y favorezcan el aumento de la eficiencia en el uso de
recursos, que genere nuevas oportunidades industriales que supongan una respuesta a
la repercusión económica, social y territorial de la transición. Una visión, que ya se había
incorporado al Plan de cadena de valor CRECE Industria de la piedra y el mármol en
Andalucía en tanto que entre sus objetivos se estableció la sostenibilidad y la mejora de
su productividad y orientación a través de la modernización, la eficiencia energética y la
digitalización, dirigiéndose esta convocatoria al desarrollo de los incentivos económicos
previstos en el plan.
Asimismo, estos incentivos deberán contribuir al objetivo de hacer posible que las
regiones y las personas afronten las repercusiones sociales, laborales, económicas y
medioambientales de la transición hacia los objetivos de la Unión para 2030 en materia
de energía y clima y una economía de la Unión climáticamente neutra de aquí a 2050,
con arreglo al Acuerdo de París.
En definitiva, los incentivos se dirigen a impulsar el fortalecimiento y crecimiento
de la cadena de valor de la piedra y el mármol en Almería, así como su circularidad,
eficiencia energética, oportunidades de digitalización e innovación para consolidarla
como referencia internacional de transformación de la piedra y las superficies compactas.
Para ello, el alcance de la presente convocatoria abarca, por un lado, el apoyo para la
modernización productiva, la innovación y la digitalización de la cadena de valor, y por otro
el apoyo para el desarrollo sostenible de la cadena de valor reforzando sus capacidades
y la adaptación de sus procesos.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba (BOJA núm. 42,
de 29 de febrero de 2024).

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos será desde dos meses, a
contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOJA,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Cuantía.
1. La dotación presupuestaria máxima se refleja en el cuadro del apartado primero.3.
2. Las cuantías máxima y mínima de la subvención se calcularán conforme a lo
establecido 5.a) del Cuadro Resumen, de la citada Orden de 22 de febrero de 2024.