Disposiciones generales. . (2025/22-4)
Extracto de la Resolución de 8 de enero, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de Almería».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025

página 1243/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Extracto de la Resolución de 8 de enero, de la Secretaría General de Industria y
Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia
de Almería para el proyecto tractor «Modernización productiva y sostenibilidad
de la industria de la piedra y mármol de Almería».
BDNS: 810576 y 810577.

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan los incentivos para el proyecto tractor de transición justa
«Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de
Almería», a conceder en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden
de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para
el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y
Córdoba (BOJA núm. 42, de 29 de febrero de 2024), de acuerdo con el ámbito material,
funcional y territorial detallado en los resuelve segundo y tercero.
2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 22 de febrero de 2024, por la presente convocatoria y demás
normativa de aplicación. Para el caso de personas o entidades beneficiarias que tengan
la consideración de empresa, además, será de aplicación:
a) Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de la
Unión Europea» L 187, de 26 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE) núm.
2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
b) Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis.
En todo caso, el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de
2023, será el régimen de aplicación para los proyectos siguientes de los enumerados en
el Anexo III:
i. A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías de información y comunicación
o la transformación digital.
ii. B.2. Refuerzo de las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización
inteligente a través de procesos de innovación, investigación y desarrollo.
iii. B.3. Servicios avanzados de apoyo a las pymes, reforzando sus capacidades de
gestión, comercialización y diseño, incluso la homologación de procesos o productos
sostenibles.
iv. A.2.1. Reducción de la huella de carbono o de las emisiones de gases de efecto
invernadero de la industria y actividades conexas, incluso mediante eficiencia energética.
Asimismo, será de aplicación el reglamento referido en la letra b) anterior para los
gastos relativos a la realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta
justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido), el gasto del
informe de calificación de actividades o dictamen emitido por una entidad de certificación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314853

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio) y en el presente BOJA: