3. Otras disposiciones. . (2025/21-33)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo en Huelva, por la que se somete al trámite de información pública y convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa con motivo de la declaración de emergencia de las obras de «Mejora de las condiciones de toma en el embalse del Andévalo para su aprovechamiento en situaciones de escasez».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025

página 1195/4

15 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación en BOJA de
este anuncio, para que los titulares de los bienes y derechos afectados y todas la demás
personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de la obras, puedan
examinar dicha documentación y formular por escrito ante la Delegación Territorial de
esta Consejería en Huelva, C/ Los Emires, 2-A, 21002 Huelva, las alegaciones oportunas,
a efectos de subsanar posibles errores, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la
LEF y en el artículo 56 del REF, u oponerse a la necesidad de urgente ocupación.
Durante el plazo señalado, la documentación referida se podrá consultar en las
dependencias de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural sita en C/ Los Emires, 2-A, 21002 Huelva.
Séptimo. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en
Huelva dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación
individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF.
Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en
la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados,
hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a
la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la sede de la Delegación
Territorial de esta Consejería, domiciliada en C/ Mozárabes, 8, 21002 Huelva, a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes
afectados por la urgente ocupación. Durante el periodo señalado estarán a disposición
de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes
y derechos afectados en las dependencias de los Ayuntamientos de El Almendro y La
Puebla de Guzmán.
Octavo. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien por medio
de representante, circunstancia que podrá acreditarse mediante cualquier medio válido
en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, incluido poder notarial,
exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como
la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o
certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo
del Impuesto de Bienes Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos
documentos y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si
lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa, de peritos y notario. En caso de
incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece
el artículo 5 de la LEF.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el
expediente, esta Delegación Territorial, y en ejercicio de las competencias atribuidas en
el artículo 17 de la Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se delegan y atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314805

Noveno. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes
y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente acta de adquisición
por mutuo acuerdo, que se entenderá como partida alzada por todos los conceptos,
conforme a lo establecido en el artículo 26 del REF. En caso de que no se suscriba la
mencionada acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes
de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por
rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, se realizará a cuenta del
justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.