3. Otras disposiciones. . (2025/20-37)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la convocatoria de 28 de septiembre de 2021 de los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 1131/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Mediante Resolución de 28 de septiembre de 2021 se convocaron para el período 20212024 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía
renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía
acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Dicha convocatoria fue modificada
mediante Resoluciones de fechas 24 de noviembre de 2021, 15 de noviembre de 2022,
29 de septiembre, 11 de octubre y 14 de noviembre 2023, 17 de enero, 15 de marzo, 28
de mayo, 30 de julio y 17 de septiembre de 2024.
El Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa
reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de estado determinados programas
de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, modificó la redacción del apartado 8 del artículo 16 del Real
Decreto 477/2021, de 29 de junio, habilitando con ello a que la convocatoria pueda fijar el
plazo máximo de justificación de las actuaciones incentivadas, sin que pueda exceder de
dieciocho meses desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión.
Por otro lado, el apartado 11 del artículo 16 del Real Decreto 477/2021, de 29 de
abril, faculta a las comunidades autónomas a establecer en sus correspondientes
convocatorias la posibilidad de ampliar el plazo de justificación de las actuaciones, de
conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
La convocatoria contempla como beneficiarios de las actuaciones comprendidas en
los programas de incentivos, a las entidades sometidas a la legislación de contratos del
sector público.
Tras la modificación de la convocatoria efectuada por la Resolución de 30 de julio de
2024, el plazo máximo para la ejecución y justificación de las inversiones realizadas por
las entidades sometidas a la legislación de contratos del sector público, cuyas solicitudes
hubieran iniciado su tramitación con anterioridad a 31 de julio de 2024, es de dieciocho
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión del incentivo. En los
citados supuestos, podrán concederse ampliaciones del plazo máximo para la justificación
de las inversiones, en cuyo caso, el plazo máximo será de veinticuatro meses.
Para la ejecución y justificación de las actuaciones incentivadas, las entidades
sometidas a la legislación de contratos del sector público deben llevar a cabo los
correspondientes procedimientos de licitación previstos en dicha normativa.
Por otra parte, los incentivos acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, están
financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el seguimiento del
cumplimiento de los hitos y objetivos de los citados fondos, requiere que se proporcione
la información que con dicho objeto se establece en la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia. La citada información debe proporcionarse a través de la herramienta
CoFFEE.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 27 de enero de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía,
por la que se modifica la convocatoria de 28 de septiembre de 2021 de los
incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía
renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en
Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.