3. Otras disposiciones. . (2025/20-34)
Orden de 27 de enero de 2025, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 1123/9
Décimo. Procedimientos en tramitación.
Los procedimientos iniciados con anterioridad al momento en el que surta efectos
la presente orden continuarán tramitándose de acuerdo con las delegaciones de
competencia aplicables cuando se adoptó el inicio de los mismos.
Undécimo. Cese de efectos de delegaciones anteriores.
Quedan sin efecto cuantas delegaciones de competencias se opongan a lo dispuesto
en esta orden y, expresamente, la Orden de 22 marzo 2023, por la que se delegan
competencias en órganos directivos de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, salvo lo establecido en el punto noveno.
Duodécimo. Competencias en la gestión del gasto.
Una vez que el sistema de gestión integral de recursos organizativos de la
Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, haya incorporado
las adaptaciones y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la delegación y, en general,
los actos por los que se transfieran la titularidad o el ejercicio de las competencias citadas
en el apartado anterior se entenderán siempre referidos a ambas competencias, de
gestión administrativa y de gestión presupuestaria.
Decimotercero. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de enero de 2025
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00314733
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 1123/9
Décimo. Procedimientos en tramitación.
Los procedimientos iniciados con anterioridad al momento en el que surta efectos
la presente orden continuarán tramitándose de acuerdo con las delegaciones de
competencia aplicables cuando se adoptó el inicio de los mismos.
Undécimo. Cese de efectos de delegaciones anteriores.
Quedan sin efecto cuantas delegaciones de competencias se opongan a lo dispuesto
en esta orden y, expresamente, la Orden de 22 marzo 2023, por la que se delegan
competencias en órganos directivos de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, salvo lo establecido en el punto noveno.
Duodécimo. Competencias en la gestión del gasto.
Una vez que el sistema de gestión integral de recursos organizativos de la
Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, haya incorporado
las adaptaciones y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la delegación y, en general,
los actos por los que se transfieran la titularidad o el ejercicio de las competencias citadas
en el apartado anterior se entenderán siempre referidos a ambas competencias, de
gestión administrativa y de gestión presupuestaria.
Decimotercero. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de enero de 2025
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00314733
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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