3. Otras disposiciones. . (2025/19-34)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba, para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar para el curso escolar 2024/2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 19 - Miércoles, 29 de enero de 2025

página 1012/2

las normas vigentes, vistos los textos legales citados y de conformidad con el artículo 15
de la precitada Orden de 15 de abril de 2011 y con el apartado 13 del cuadro resumen,
donde se delega la competencia para la resolución definitiva, esta Delegación Territorial
HA RESUELTO
Primero. Conceder las ayudas económicas a los proyectos presentados por las
asociaciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo I.
Segundo. Relacionar las asociaciones sin ánimo de lucro solicitantes que han
resultado excluidas así como el motivo de exclusión, que figuran en el Anexo II.
Tercero. La cuantía de las subvenciones son las indicadas en el Anexo I.
Estas ayudas tienen carácter de subvención mediante régimen de concurrencia
competitiva y su financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria
1100020000/G/42F/48100/14 01 siendo la cuantía destinada para la provincia de Córdoba
de 56.904,97 euros.
Cuarto. Obligaciones de las Entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la
Ley General de Subvenciones y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011.
Quinto. Forma y secuencia del pago:
El pago será único, tras la resolución definitiva, según se establece en el artículo 25
de la Orden de 15 de abril de 2011.
Sexto. Justificación de la subvención.
Las Entidades beneficiarias destinatarias de estas ayudas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011 justificarán la subvención
en la forma y plazos indicados . El plazo máximo para la presentación de la justificación
será el 31 de agosto del año académico subvencionado, según lo establecido en el
apartado 26.b) del cuadro resumen.
Esta resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Córdoba, 18 de noviembre de 2024.- El Delegado, José Francisco Viso Sánchez.
ANEXO I

NÚM.

ASOCIACIONES
PUNTOS
ABSENTISMO

INVERSIÓN
SOLICITADA

INVERSIÓN
APROBADA

SUBVENCIÓN
SOLICITADA

SUBVENCIÓN
OTORGABLE

1

AVAS

44,9

44.754,60

44.754,60

44.754,60

44.754,60

2

FAKALI

43,8

17.568,00

17.568,00

17.568,00

12.150,37

PRESUPUESTO

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

56.904,97

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314622

Relación de asociaciones sin ánimo de lucro que han resultado beneficiarias definitivas
para el programa de actuaciones en la previsión, seguimiento y control del absentismo
escolar curso 2024/2025