5. Anuncios. . (2025/18-48)
Anuncio de 23 de enero de 2025, del Consorcio Parque de las Ciencias, por el que se hace pública la Resolución de 17 de enero de 2025, de la Presidencia del Consorcio Parque de las Ciencias, por la que se aprueban las bases de selección y se efectúa convocatoria para la contratación de personal directivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Martes, 28 de enero de 2025

página 968/6

Octava. Proceso de selección.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Preselección.
Se realizará por la unidad o dependencia del Consorcio con competencias en materia
de personal. En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Comprobación de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las
mismas.
b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos
en la base tercera de esta convocatoria. A tal efecto, se podrá solicitar a las personas
candidatas la acreditación documental de los datos, documentos y méritos invocados.
c) Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados y de los méritos alegados, y
remisión al Comité Calificador.
2. Baremación de méritos.
En la valoración de las candidaturas admitidas se tendrán en cuenta los méritos
académicos y profesionales de las candidaturas, así como la entrevista de competencias
según el baremo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.
En este baremo se asignará a los méritos académicos y profesionales el 45% de la
puntuación total que pueda obtenerse y el 55% restante a la entrevista de competencias.
Para que una candidatura pueda ser valorada en la entrevista de competencias,
deberá obtener en los méritos académicos y profesionales, al menos, el 37,5% de la
puntuación asignada al mismo en el baremo (17 puntos).
3. Publicación de los listados de personas candidatas.
El Comité Calificador elaborará y publicará en el portal web del consorcio, lo siguiente:
- Un listado provisional de las personas candidatas que cumplen los requisitos
mínimos, y de las personas candidatas excluidas por no cumplirlos, con indicación
expresa de la causa de exclusión. Contra este listado podrán presentarse alegaciones
en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su publicación y serán resueltas por el
comité calificador en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su recepción por este
órgano colegiado.
- Un listado definitivo de las personas candidatas que cumplen los requisitos mínimos
y de las personas candidatas excluidas definitivamente, con indicación expresa de la
causa de exclusión.
- Un listado ordenado de mayor a menor puntuación en la baremación provisional de
méritos (Anexo II) de las candidaturas admitidas definitivamente, con indicación expresa
de aquellas que pasan a la siguiente fase de Valoración de la Entrevista Competencial.
Contra este listado podrán presentarse alegaciones en el plazo de los tres días hábiles
siguientes a su publicación y serán resueltas por el comité calificador en el plazo de los
tres días hábiles siguientes a su recepción por este órgano colegiado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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5. Secretario: Actuará como tal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la persona titular
de la Secretaría General de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, don Luis Carrasco
Robles.
Suplente: El Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación
Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación en Granada, Don Ricardo de la Blanca Moreno.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y
tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.
Este Comité funcionará conforme al régimen de los órganos colegiados contemplado
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo
voto de calidad la Presidencia.