Autoridades y personal. . (2025/17-27)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades de personal estatutario y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas mediante el Decreto 567/2022, de 27 de diciembre (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre (BOJA extr. núm. 27, de 27 de diciembre) y el Decreto 274/2024, de 26 de diciembre (BOJA núm. 252, de 31 de diciembre), por los que se aprueban la Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024 de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Lunes, 27 de enero de 2025

página 874/28

13. Nombramientos y toma de posesión aplicable al personal estatutario.
13.1. Finalizado el plazo establecido en la base 11.1, una vez revisada la
documentación requerida en la base 11.2., y comprobado el cumplimiento de los requisitos
exigidos, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal
dictará resolución por la que se acordará el nombramiento de las personas aspirantes
seleccionadas, con expresión del destino que se les adjudica. La citada resolución se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del Servicio Andaluz
de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
13.2. El plazo de toma de posesión será de un mes, improrrogable, contado a partir
del día siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas
selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino. No
obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, la Dirección General
competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de Salud, a la vista de las
circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma de posesión.
13.3. En el caso previsto en la base anterior, podrá ser nombrado por orden de
puntuación, el primer aspirante que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su
destino en dicho plazo, siéndoles de aplicación lo dispuesto en la base anterior.
El supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.
13.4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de personal en
el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El recurso potestativo de reposición en vía administrativa deberá presentarse a
través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentado
el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía
administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la
veracidad de los documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma
mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados
expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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12. Adjudicación de plazas.
12.1. Las plazas se adjudicarán entre las personas que figuren en la relación de
personas aprobadas por el orden de la puntuación obtenida en el conjunto de las pruebas
y de acuerdo con la opción de destino que hubieran hecho conforme a lo dispuesto en
las bases 11.3., respetando la preferencia para la elección de plaza para las personas
que acceden por el turno de promoción interna, y sin perjuicio de lo establecido en la
base 11.4.
12.2. Quienes dentro del plazo fijado no soliciten plaza, o no le correspondiese plaza
alguna de entre las efectivamente solicitadas, se les adjudicará alguna de las plazas
ofertadas que queden vacantes tras la adjudicación prevista en el apartado anterior,
siempre que hubiesen acreditado los requisitos exigidos.