Disposiciones generales. . (2025/15-1)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 719/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas,
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España y actualmente se está tramitando la normativa nacional que va a
regular la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del PEPAC.
En la mencionada normativa se regulan las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda
a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la
política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm.
1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
El Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023,
de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos
comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación
de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, regula las ayudas a
los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal,
entre los que se incluye el ecorrégimen de pastoreo extensivo. El citado Real Decreto
establece los requisitos para el cobro de estas ayudas, si bien prevé que las comunidades
autónomas puedan fijar al inicio de cada campaña agraria algunas flexibilidades, siempre
y cuando esté justificado.
En concreto, su artículo 30.2 establece que en circunstancias debidamente
justificadas y por motivos de causa de fuerza mayor derivadas, entre otras, de alteraciones
climáticas severas, en las que la disponibilidad de pasto se encuentre comprometida, las
autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán autorizar la reducción
de la carga ganadera a 0,2 UGM/hectárea en pastos húmedos y 0,1 UGM/hectárea en
pastos mediterráneos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314329
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades
adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas
a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar
animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria
Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 719/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas,
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España y actualmente se está tramitando la normativa nacional que va a
regular la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del PEPAC.
En la mencionada normativa se regulan las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en
el artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda
a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la
política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm.
1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
El Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023,
de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos
comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación
de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, regula las ayudas a
los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal,
entre los que se incluye el ecorrégimen de pastoreo extensivo. El citado Real Decreto
establece los requisitos para el cobro de estas ayudas, si bien prevé que las comunidades
autónomas puedan fijar al inicio de cada campaña agraria algunas flexibilidades, siempre
y cuando esté justificado.
En concreto, su artículo 30.2 establece que en circunstancias debidamente
justificadas y por motivos de causa de fuerza mayor derivadas, entre otras, de alteraciones
climáticas severas, en las que la disponibilidad de pasto se encuentre comprometida, las
autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán autorizar la reducción
de la carga ganadera a 0,2 UGM/hectárea en pastos húmedos y 0,1 UGM/hectárea en
pastos mediterráneos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314329
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen de flexibilidades
adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas
a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar
animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria
Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.