3. Otras disposiciones. . (2025/15-28)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se modifica la denominación del «Programa Garantía Vivienda Joven» de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 753/2
Segundo. La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2025, que en su disposición final séptima modifica
el Decreto Ley 4/2023, de 16 de mayo, considerando como beneficiarias a las personas
mayores de edad, hasta 40 años de edad incluidos.
De conformidad con los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho
expuestos, y demás normativa de aplicación,
RESU ELVO
Primero. Modificar, en aplicación de lo establecido en la Ley 7/2024, de 23 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025,
el nombre del «Programa Garantía Vivienda Joven» de la Junta de Andalucía, que pasa a
denominarse «Programa Garantía Vivienda Andalucía».
Segundo. La presente resolución se aplicará con efectos retroactivos a la fecha de
entrada en vigor de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2025.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, puede presentar recurso
potestativo de reposición ante la Secretaría General de Vivienda en el plazo de un mes
a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, o interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a)
y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00314363
Sevilla, 17 de enero de 2025.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 753/2
Segundo. La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2025, que en su disposición final séptima modifica
el Decreto Ley 4/2023, de 16 de mayo, considerando como beneficiarias a las personas
mayores de edad, hasta 40 años de edad incluidos.
De conformidad con los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho
expuestos, y demás normativa de aplicación,
RESU ELVO
Primero. Modificar, en aplicación de lo establecido en la Ley 7/2024, de 23 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025,
el nombre del «Programa Garantía Vivienda Joven» de la Junta de Andalucía, que pasa a
denominarse «Programa Garantía Vivienda Andalucía».
Segundo. La presente resolución se aplicará con efectos retroactivos a la fecha de
entrada en vigor de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2025.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, puede presentar recurso
potestativo de reposición ante la Secretaría General de Vivienda en el plazo de un mes
a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, o interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a)
y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00314363
Sevilla, 17 de enero de 2025.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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