Autoridades y personal. . (2025/15-11)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se convocan para el año 2025 las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo establecido en las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Andalucía y por la que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de obtención de título.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 747/5
los días 5 y 6 de mayo, siguiendo el modelo proporcionado por los centros sedes de la
comisiones evaluadoras, habilitado para estos en el Sistema de Información Séneca.
3. La comisión evaluadora procederá a la resolución de las reclamaciones
presentadas, siguiendo el modelo habilitado a tal efecto en el Sistema de Información
Séneca, debiendo quedar recogidas, en su caso, en el acta de calificación resultante.
4. Las actas de calificación definitivas se harán públicas, siguiendo el mismo
procedimiento especificado en el apartado 1, el día 13 de mayo.
Undécimo. Titulación.
1. Las comisiones evaluadoras propondrán para la obtención del título de Bachiller
a aquellas personas aspirantes que hayan recibido calificación positiva en todas las
materias que conforman el Bachillerato para personas adultas en algunas de sus
modalidades, de acuerdo con las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024.
2. Las personas que se encuentren en la situación referida en el apartado anterior
solicitarán la expedición del título de Bachiller, a través del centro en el que realizaron las
pruebas, conforme a la normativa vigente que regula la expedición de títulos.
Duodécimo. Obtención de la clave iANDE.
Las personas solicitantes en las pruebas correspondientes a la convocatoria del año
2025 para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años,
de convocatoria anual, podrán obtener la clave iANDE necesaria para el proceso de
inscripción descrito en el Resuelve cuarto, apartado 2 de la presente Resolución, y otras
consultas telemáticas de estas pruebas que requieran esta identificación, solicitándola
en Institutos de Educación Secundaria, Institutos y Secciones Provinciales de Educación
Permanente y Centros y Secciones de Educación Permanente.
Decimotercero. Cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.
1. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales con competencias en
materia de educación designarán y comunicarán a la Dirección General de Formación
Profesional y Educación Permanente la persona responsable en cada provincia para
la coordinación de estas pruebas y para la gestión de posibles incidencias durante la
celebración de las mismas.
2. Todas las acciones relacionadas con la organización y celebración de las pruebas
objeto de la presente Resolución, así como la información a las personas interesadas
sobre los distintos hitos derivados de las mismas, serán coordinadas por la Dirección
General de Formación Profesional y Educación Permanente, a través de las personas
responsables de dichas pruebas en cada Delegación Territorial competente en materia
de educación.
3. Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
garantizarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Sevilla, 17 de enero de 2025.- La Directora General, Inmaculada Troncoso García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314357
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 747/5
los días 5 y 6 de mayo, siguiendo el modelo proporcionado por los centros sedes de la
comisiones evaluadoras, habilitado para estos en el Sistema de Información Séneca.
3. La comisión evaluadora procederá a la resolución de las reclamaciones
presentadas, siguiendo el modelo habilitado a tal efecto en el Sistema de Información
Séneca, debiendo quedar recogidas, en su caso, en el acta de calificación resultante.
4. Las actas de calificación definitivas se harán públicas, siguiendo el mismo
procedimiento especificado en el apartado 1, el día 13 de mayo.
Undécimo. Titulación.
1. Las comisiones evaluadoras propondrán para la obtención del título de Bachiller
a aquellas personas aspirantes que hayan recibido calificación positiva en todas las
materias que conforman el Bachillerato para personas adultas en algunas de sus
modalidades, de acuerdo con las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024.
2. Las personas que se encuentren en la situación referida en el apartado anterior
solicitarán la expedición del título de Bachiller, a través del centro en el que realizaron las
pruebas, conforme a la normativa vigente que regula la expedición de títulos.
Duodécimo. Obtención de la clave iANDE.
Las personas solicitantes en las pruebas correspondientes a la convocatoria del año
2025 para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años,
de convocatoria anual, podrán obtener la clave iANDE necesaria para el proceso de
inscripción descrito en el Resuelve cuarto, apartado 2 de la presente Resolución, y otras
consultas telemáticas de estas pruebas que requieran esta identificación, solicitándola
en Institutos de Educación Secundaria, Institutos y Secciones Provinciales de Educación
Permanente y Centros y Secciones de Educación Permanente.
Decimotercero. Cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.
1. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales con competencias en
materia de educación designarán y comunicarán a la Dirección General de Formación
Profesional y Educación Permanente la persona responsable en cada provincia para
la coordinación de estas pruebas y para la gestión de posibles incidencias durante la
celebración de las mismas.
2. Todas las acciones relacionadas con la organización y celebración de las pruebas
objeto de la presente Resolución, así como la información a las personas interesadas
sobre los distintos hitos derivados de las mismas, serán coordinadas por la Dirección
General de Formación Profesional y Educación Permanente, a través de las personas
responsables de dichas pruebas en cada Delegación Territorial competente en materia
de educación.
3. Las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación
garantizarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Sevilla, 17 de enero de 2025.- La Directora General, Inmaculada Troncoso García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314357
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.