Autoridades y personal. . (2025/15-11)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se convocan para el año 2025 las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo establecido en las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Andalucía y por la que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de obtención de título.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
BoletínANEXO
Oficial
II y III de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
Hoja 10 de 15
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ANEXO IV
PUNTUACIÓN, CALIFICACIÓN, RECURSOS Y ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS POR MATERIAS
1. Puntuación y calificación de las pruebas.
1.1. Todas las pruebas correspondientes a agrupación de materias y cada una de las materias
individualizadas que componen el resto de pruebas tendrán una puntuación máxima de 100 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 50 puntos en el conjunto de ejercicios que las integran para superarlas.
1.2. En todos los ejercicios aparecerá la puntuación asignada a los mismos.
1.3. De conformidad con la Instrucción Decimocuarta de las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024, los
resultados de la evaluación de las pruebas se expresarán mediante calificaciones numéricas de 0 a 10 sin
decimales, de acuerdo con el siguiente baremo:
Calificación
cualitativa
Puntuación
Calificación
cuantitativa
01 - 19 puntos:
Insuficiente
1
20 - 29 puntos:
Insuficiente
2
30 - 39 puntos:
Insuficiente
3
40 - 49 puntos:
Insuficiente
4
50 - 55 puntos:
Suficiente
5
56 - 65 puntos:
Bien
6
66 - 75 puntos:
Notable
7
76 - 85 puntos:
Notable
8
86 - 95 puntos:
Sobresaliente
9
96 -100 puntos:
Sobresaliente
10
1.4. Las calificaciones obtenidas en pruebas de agrupación de materias se aplicarán a las materias de 1º y 2º
de Bachillerato equivalentes. En el resto de las pruebas, cada materia recibirá una calificación
individualizada, que se aplicará a las materias de 1º o de 2º de Bachillerato correspondientes.
2. Criterios generales de corrección.
2.1. El profesorado participante en las comisiones evaluadoras consignará la puntuación parcial conseguida
por las personas aspirantes en cada uno de los ejercicios de los que consta cada prueba.
2.2. En la puntuación asignada a los ejercicios de producción escrita se valorará de forma proporcional la
presentación, la cohesión del texto, el uso del léxico adecuado y la corrección gramatical y ortográfica. A
estos efectos, se tendrá por incorrecto el uso sostenido de mayúsculas en la cumplimentación de las
pruebas.
2.3 Cada falta gramatical o de ortografía será penalizada con un punto, pudiendo descontarse hasta un
máximo de diez puntos, de los 100 posibles, por prueba agrupada o materias individualizadas.
00314357
3. Recursos para la realización de las pruebas:
3.1. Solo se permitirá la utilización de bolígrafos de color azul o negro de tinta indeleble, sin que se puedan
usar otros colores, ni rotuladores fluorescentes, ni correctores, salvo en aquellas materias que dispongan de
normas específicas.
3.2. Se permitirá el uso de calculadora de funciones básicas no programable en las pruebas que lo
requieran.
3.3. Se permitirá el uso de diccionario bilingüe para las pruebas de Latín y Griego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
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II y III de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
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ORGANISMO: Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
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ANEXO IV
PUNTUACIÓN, CALIFICACIÓN, RECURSOS Y ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS POR MATERIAS
1. Puntuación y calificación de las pruebas.
1.1. Todas las pruebas correspondientes a agrupación de materias y cada una de las materias
individualizadas que componen el resto de pruebas tendrán una puntuación máxima de 100 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 50 puntos en el conjunto de ejercicios que las integran para superarlas.
1.2. En todos los ejercicios aparecerá la puntuación asignada a los mismos.
1.3. De conformidad con la Instrucción Decimocuarta de las Instrucciones de 12 de diciembre de 2024, los
resultados de la evaluación de las pruebas se expresarán mediante calificaciones numéricas de 0 a 10 sin
decimales, de acuerdo con el siguiente baremo:
Calificación
cualitativa
Puntuación
Calificación
cuantitativa
01 - 19 puntos:
Insuficiente
1
20 - 29 puntos:
Insuficiente
2
30 - 39 puntos:
Insuficiente
3
40 - 49 puntos:
Insuficiente
4
50 - 55 puntos:
Suficiente
5
56 - 65 puntos:
Bien
6
66 - 75 puntos:
Notable
7
76 - 85 puntos:
Notable
8
86 - 95 puntos:
Sobresaliente
9
96 -100 puntos:
Sobresaliente
10
1.4. Las calificaciones obtenidas en pruebas de agrupación de materias se aplicarán a las materias de 1º y 2º
de Bachillerato equivalentes. En el resto de las pruebas, cada materia recibirá una calificación
individualizada, que se aplicará a las materias de 1º o de 2º de Bachillerato correspondientes.
2. Criterios generales de corrección.
2.1. El profesorado participante en las comisiones evaluadoras consignará la puntuación parcial conseguida
por las personas aspirantes en cada uno de los ejercicios de los que consta cada prueba.
2.2. En la puntuación asignada a los ejercicios de producción escrita se valorará de forma proporcional la
presentación, la cohesión del texto, el uso del léxico adecuado y la corrección gramatical y ortográfica. A
estos efectos, se tendrá por incorrecto el uso sostenido de mayúsculas en la cumplimentación de las
pruebas.
2.3 Cada falta gramatical o de ortografía será penalizada con un punto, pudiendo descontarse hasta un
máximo de diez puntos, de los 100 posibles, por prueba agrupada o materias individualizadas.
00314357
3. Recursos para la realización de las pruebas:
3.1. Solo se permitirá la utilización de bolígrafos de color azul o negro de tinta indeleble, sin que se puedan
usar otros colores, ni rotuladores fluorescentes, ni correctores, salvo en aquellas materias que dispongan de
normas específicas.
3.2. Se permitirá el uso de calculadora de funciones básicas no programable en las pruebas que lo
requieran.
3.3. Se permitirá el uso de diccionario bilingüe para las pruebas de Latín y Griego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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