3. Otras disposiciones. . (2025/15-30)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU de Sevilla, de fecha 18 de diciembre de 2024, relativo al Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de El Saucejo (Sevilla).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 705/8
b) Los ámbitos SUNC-2, SUNC-8 y SUNC-16, aunque presentan densidades de
vivienda bajas, estas se encuentran por encima del máximo legal (< 15 viv./ha) para
proceder a la exención, por lo que deberán ajustarse las densidades asignadas o, en
caso contrario, procederse a la reserva legalmente prevista.
c) Los ámbitos SUNC-4 y SUNC-10 la reserva establecida deberá ajustarse para
alcanzar, al menos, el 30% de la edificabilidad residencial asignada.
Además de estas causas de suspensión que deberán subsanarse, también deben
subsanarse las deficiencias recogidas en el apartado “Conclusiones” del referido informe.
De conformidad con la propuesta formulada con fecha 18.12.2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en
virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada
por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
ACUERDA
1.º Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística
del municipio de El Saucejo (Sevilla), con aprobación provisional segunda por el Pleno
del Ayuntamiento, de fecha 17.12.2020 y anexo de subsanación del informe de vías
pecuarias aprobado con fecha 13.2.2024, en virtud del artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo subsanarse las
deficiencias del documento en los términos expresados en el informe técnico-jurídico,
emitido con fecha 16.12.2024, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial,
tal y como se indica en el “fundamento de derecho cuarto” del presente.
2.º Documento de cumplimiento: Al objeto de proceder al levantamiento de la
suspensión de la modificación del Instrumento de Planeamiento que nos ocupa, el
Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento completo del Plan General de
Ordenación Urbanística, que atienda a las deficiencias indicadas en el informe emitido por
el Servicio de Urbanismo, con fecha 18.12.2024. El documento deberá ser aprobado por
el Pleno del Ayuntamiento, solicitar los informes de verificación de las administraciones
sectoriales que correspondan, someterlo a información pública y solicitar su aprobación
definitiva a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en
Sevilla.
3.º Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de El Saucejo, de conformidad con
el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Contra el contenido del presente acuerdo, que pone no fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el plazo de 1 mes contado a partir del día
siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314315
4.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA), de conformidad con el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.»
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Jueves, 23 de enero de 2025
página 705/8
b) Los ámbitos SUNC-2, SUNC-8 y SUNC-16, aunque presentan densidades de
vivienda bajas, estas se encuentran por encima del máximo legal (< 15 viv./ha) para
proceder a la exención, por lo que deberán ajustarse las densidades asignadas o, en
caso contrario, procederse a la reserva legalmente prevista.
c) Los ámbitos SUNC-4 y SUNC-10 la reserva establecida deberá ajustarse para
alcanzar, al menos, el 30% de la edificabilidad residencial asignada.
Además de estas causas de suspensión que deberán subsanarse, también deben
subsanarse las deficiencias recogidas en el apartado “Conclusiones” del referido informe.
De conformidad con la propuesta formulada con fecha 18.12.2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en
virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada
por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
ACUERDA
1.º Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística
del municipio de El Saucejo (Sevilla), con aprobación provisional segunda por el Pleno
del Ayuntamiento, de fecha 17.12.2020 y anexo de subsanación del informe de vías
pecuarias aprobado con fecha 13.2.2024, en virtud del artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo subsanarse las
deficiencias del documento en los términos expresados en el informe técnico-jurídico,
emitido con fecha 16.12.2024, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial,
tal y como se indica en el “fundamento de derecho cuarto” del presente.
2.º Documento de cumplimiento: Al objeto de proceder al levantamiento de la
suspensión de la modificación del Instrumento de Planeamiento que nos ocupa, el
Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento completo del Plan General de
Ordenación Urbanística, que atienda a las deficiencias indicadas en el informe emitido por
el Servicio de Urbanismo, con fecha 18.12.2024. El documento deberá ser aprobado por
el Pleno del Ayuntamiento, solicitar los informes de verificación de las administraciones
sectoriales que correspondan, someterlo a información pública y solicitar su aprobación
definitiva a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en
Sevilla.
3.º Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de El Saucejo, de conformidad con
el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Contra el contenido del presente acuerdo, que pone no fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el plazo de 1 mes contado a partir del día
siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314315
4.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA), de conformidad con el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.»