3. Otras disposiciones. . (2025/13-50)
Resolución de 13 de enero de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se aprueba el Reglamento de creación y regulación del Sistema Interno de Información y del Canal Interno de Información de la Universidad de Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025
página 341/13
La atenuación podrá extenderse al resto de participantes en la comisión de la
infracción, en función al grado de su colaboración activa en el esclarecimiento de los
hechos, la identificación de otros participantes y la reparación o minoración del daño
causado.
Disposición adicional primera. Publicidad y revisión del sistema interno de información.
1. La Universidad de Granada dará publicidad a la existencia y regulación del Sistema
Interno de Información a través de su web y en cuantas acciones se lleven a cabo para
promover la cultura de ética e integridad académica entre los miembros de todos los
sectores que integran la comunidad universitaria (estudiantado, personal técnico, de
gestión y de administración y servicios, y personal docente e investigador) su compromiso
con la cultura de ética e integridad institucional.
En la página web de la Universidad de Granada deberá constar, con un enlace en
la página de inicio, una sección separada y fácilmente identificable referida al Sistema
Interno de Información, en la cual se incluirá, al menos, la información siguiente:
a) El texto de esta norma.
b) La identidad de la persona responsable del Sistema y, en su caso, de los canales
que lo conforman.
c) Cuantas guías se elaboren para la divulgación de forma clara y accesible del
Sistema y de las medidas de protección previstas en la Ley 2/2023.
d) Los datos de contacto sobre el canal externo de denuncias de la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción.
2. El funcionamiento del Sistema Interno de Información se someterá periódicamente
a revisión, y como mínimo una vez cada tres años, a fin de incorporar las actualizaciones
y buenas prácticas que procedan para garantizar que sirva con la mayor eficacia a sus
fines.
Disposición final. Entrada en vigor.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada,
esta norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, a excepción del Título II que entrará en vigor a los dos meses
siguientes de su publicación en el referido Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00313953
Granada, 13 de enero de 2025.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025
página 341/13
La atenuación podrá extenderse al resto de participantes en la comisión de la
infracción, en función al grado de su colaboración activa en el esclarecimiento de los
hechos, la identificación de otros participantes y la reparación o minoración del daño
causado.
Disposición adicional primera. Publicidad y revisión del sistema interno de información.
1. La Universidad de Granada dará publicidad a la existencia y regulación del Sistema
Interno de Información a través de su web y en cuantas acciones se lleven a cabo para
promover la cultura de ética e integridad académica entre los miembros de todos los
sectores que integran la comunidad universitaria (estudiantado, personal técnico, de
gestión y de administración y servicios, y personal docente e investigador) su compromiso
con la cultura de ética e integridad institucional.
En la página web de la Universidad de Granada deberá constar, con un enlace en
la página de inicio, una sección separada y fácilmente identificable referida al Sistema
Interno de Información, en la cual se incluirá, al menos, la información siguiente:
a) El texto de esta norma.
b) La identidad de la persona responsable del Sistema y, en su caso, de los canales
que lo conforman.
c) Cuantas guías se elaboren para la divulgación de forma clara y accesible del
Sistema y de las medidas de protección previstas en la Ley 2/2023.
d) Los datos de contacto sobre el canal externo de denuncias de la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción.
2. El funcionamiento del Sistema Interno de Información se someterá periódicamente
a revisión, y como mínimo una vez cada tres años, a fin de incorporar las actualizaciones
y buenas prácticas que procedan para garantizar que sirva con la mayor eficacia a sus
fines.
Disposición final. Entrada en vigor.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada,
esta norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, a excepción del Título II que entrará en vigor a los dos meses
siguientes de su publicación en el referido Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00313953
Granada, 13 de enero de 2025.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja