Autoridades y personal. . (2025/11-21)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 439/4
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones
del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página Web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el Anexo III.
5.2. Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La
Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución,
declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este
apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI).
5.3. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen
Jurídico del Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314049
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página Web del área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de admisión y exclusión indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas que hayan
sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 439/4
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones
del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página Web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el Anexo III.
5.2. Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La
Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución,
declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este
apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI).
5.3. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen
Jurídico del Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314049
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página Web del área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de admisión y exclusión indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas que hayan
sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.