Autoridades y personal. . (2025/11-21)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
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Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025

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Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del mismo supondrá la inadmisión de la
persona aspirante.
3.2. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
b) Para la valoración de los aspirantes en la fase de concurso, deberán presentar
junto con la solicitud, relación de méritos alegados según modelo disponible en la página
Web del área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
así como la documentación acreditativa de los mismos, excepto que la misma conste en
el expediente del área de Personal.
No se admitirá la alegación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de
solicitudes.
c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-00494870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de
Cádiz», indicando «PS A1 INF PI24 + nombre del aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.3. Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
c) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
d) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el
recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición,
debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el
Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad
de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en
orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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