Autoridades y personal. . (2025/11-20)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Cádiz, mediante promoción interna, de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación.
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Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025

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La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de
la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados,
en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la
solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud por la persona interesada, por lo que no podrá entender
que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los
mismos con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2. Las personas aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de
Extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de la fase de concurso, las personas aspirantes deberán
adjuntar a la solicitud la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la
página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz; https://personal.uca.es/
convocatoria-pas, así como la documentación acreditativa de los mismos si éstos no
constasen en el expediente del área de Personal. Los servicios prestados como personal
de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que ser alegados en la solicitud de méritos, no
siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste
en el expediente del Área de Personal.
No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de
presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el proceso,
que serán de 25€. Se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049- 487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código de plaza establecido en el Anexo I.
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante
el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.3. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a
la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
c) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
d) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100% de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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