3. Otras disposiciones. . (2025/10-17)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Gimnasia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 336/11

c) Dimisión.
d) Incapacidad que impida el desempeño del cargo.
e) Sanción disciplinaria o resolución judicial que comporte inhabilitación para ocupar
cargos en la organización deportiva o privación de la licencia federativa.
f) Cambio o modificación de la situación federativa que implique la alteración de las
condiciones y requisitos exigidos para su elección, siendo requisito necesario la apertura
del correspondiente expediente contradictorio con audiencia al interesado durante el
plazo de diez días.
Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva de la Federación resolverá sobre la
mencionada baja.
Esta resolución se comunicará a la Dirección General competente en materia
de deporte el día siguiente al de su adopción y se notificará al interesado, que podrá
interponer recurso contra la misma, ante la Comisión Electoral Federativa, en el plazo de
cinco días naturales desde su notificación.
Contra el acuerdo de la Comisión Electoral podrá interponerse recurso ante el Tribunal
Administrativo del deporte de Andalucía, en el plazo de tres días desde el siguiente a su
notificación.

Artículo 40. Sesiones.
La Asamblea General se reunirá en sesión plenaria y con carácter ordinario al menos
una vez al año para la aprobación de las cuentas y memoria de las actividades deportivas
del año anterior, así como del calendario, programas y presupuesto anuales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313947

Artículo 39. Competencias.
Son competencias exclusivas e indelegables de la Asamblea General:
a) La aprobación de las normas estatutarias, reglamentos federativos, el código de
buen gobierno, así como sus modificaciones.
b) La aprobación del presupuesto anual, su modificación y la liquidación de las cuentas.
c) La elección de la persona titular de la Presidencia.
d) La designación y cese de los miembros de los órganos de disciplina deportiva.
e) La designación y cese de los miembros de la Comisión Electoral.
f) La designación de los miembros del Comité de Conciliación.
g) La resolución de la moción de censura o cuestión de confianza y correspondiente
cese o mantenimiento de la persona titular de la Presidencia.
h) Adoptar el acuerdo de disolución voluntaria de la Federación o conocer de la
disolución no voluntaria y articular el procedimiento de liquidación.
i) Aprobar el calendario federativo y otorgar la calificación de oficial a las actividades y
las competiciones deportivas, así como su memoria deportiva anual.
j) Aprobar las normas de expedición y revocación de las licencias federativas, así
como sus cuotas, y en su caso, de los títulos habilitantes.
k) La designación y cese de las personas titulares de la Secretaría General, de la
Intervención, a propuesta de la presidencia, de los miembros del Comité de Transparencia
y Buen Gobierno, de los miembros de la Comisión de Mujer y Deporte, y del Comisionado
del Menor Deportista.
l) La creación de comités específicos de orden técnico y organizativo.
m) Aprobar las operaciones económicas que impliquen el gravamen o enajenación
de sus bienes inmuebles o que impliquen comprometer gastos de carácter plurianual, de
acuerdo con lo dispuesto en estos estatutos.
n) Resolver aquellas otras cuestiones que hayan sido sometidas a su consideración
en la convocatoria y se hallen en el Orden del Día.
o) Cualquier otra que se le atribuya en los presentes estatutos o se le otorgue
reglamentariamente.