3. Otras disposiciones. . (2025/9-23)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva, de concesión de subvenciones a las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, durante el curso escolar 2024/2025. Línea 5, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 y de la Resolución de 13 de junio de 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Miércoles, 15 de enero de 2025
página 325/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la
Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación
educativa y social de lucha contra el absentismo escolar, así como consolidar el
compromiso con la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas,
la universalización del derecho a la educación y la inclusión social de los sectores de
población más desfavorecidos. Asimismo, en su artículo 4.2, establece que la Consejería
de Educación garantizará el desarrollo de programas de seguimiento escolar de lucha
contra el absentismo para garantizar la continuidad del proceso educativo; y en su
artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía
adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas
agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros
docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones
y, finalmente, en su artículo 24 contempla que las Administraciones Locales colaborarán
con la Administración de la Junta de Andalucía en el desarrollo de los programas y
actuaciones de compensación educativa contemplados en la ley, específicamente, en los
programas de seguimiento del absentismo escolar.
La Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), establece las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a distintas líneas, entre ellas a las
entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento
y control del absentismo escolar. La disposición adicional primera de la mencionada
orden delega en la la Dirección General de Participación e Innovación Educativa la
competencia para convocar, anualmente, las subvenciones mediante resolución que será
publicada en BOJA.
La Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (BOJA núm. 119, de 20 de junio
2024), efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones y otras entidades privadas en materia de equidad, participación,
voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía
para el curso para el curso 2024-2025.
Estas subvenciones se rigen por lo previsto en las bases reguladoras y en las
siguientes normas: La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
acuerdo con lo establecido en su disposición final primera; el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento; el Título VII del Texto Refundido de
la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos para la concesión de subvenciones de la Junta de
Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía;
la Ley 39/2015 de 22 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de
la igualdad de género en Andalucía; y, el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313936
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación en Huelva, de concesión de subvenciones a las asociaciones
sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo
escolar, durante el curso escolar 2024/2025. Línea 5, al amparo de la Orden de
15 de abril de 2011 y de la Resolución de 13 de junio de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Miércoles, 15 de enero de 2025
página 325/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la
Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación
educativa y social de lucha contra el absentismo escolar, así como consolidar el
compromiso con la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas,
la universalización del derecho a la educación y la inclusión social de los sectores de
población más desfavorecidos. Asimismo, en su artículo 4.2, establece que la Consejería
de Educación garantizará el desarrollo de programas de seguimiento escolar de lucha
contra el absentismo para garantizar la continuidad del proceso educativo; y en su
artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía
adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas
agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros
docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones
y, finalmente, en su artículo 24 contempla que las Administraciones Locales colaborarán
con la Administración de la Junta de Andalucía en el desarrollo de los programas y
actuaciones de compensación educativa contemplados en la ley, específicamente, en los
programas de seguimiento del absentismo escolar.
La Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), establece las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a distintas líneas, entre ellas a las
entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento
y control del absentismo escolar. La disposición adicional primera de la mencionada
orden delega en la la Dirección General de Participación e Innovación Educativa la
competencia para convocar, anualmente, las subvenciones mediante resolución que será
publicada en BOJA.
La Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (BOJA núm. 119, de 20 de junio
2024), efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones y otras entidades privadas en materia de equidad, participación,
voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía
para el curso para el curso 2024-2025.
Estas subvenciones se rigen por lo previsto en las bases reguladoras y en las
siguientes normas: La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
acuerdo con lo establecido en su disposición final primera; el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento; el Título VII del Texto Refundido de
la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos para la concesión de subvenciones de la Junta de
Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía;
la Ley 39/2015 de 22 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de
la igualdad de género en Andalucía; y, el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313936
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación en Huelva, de concesión de subvenciones a las asociaciones
sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo
escolar, durante el curso escolar 2024/2025. Línea 5, al amparo de la Orden de
15 de abril de 2011 y de la Resolución de 13 de junio de 2024.