Autoridades y personal. . (2025/9-12)
Acuerdo de 9 de enero de 2025, de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A., por el que se anuncia convocatoria para la cobertura del puesto con carácter temporal de Técnico/a de Consultoría Especializado/a en Comunicación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Miércoles, 15 de enero de 2025

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8. Sistema selectivo.
Se descartarán todos/as los/as candidatos/as que no acrediten los requisitos de
preselección establecidos en el apartado anterior.
Para la selección del/la candidato/a el Comité de Selección baremará los requisitos
siguiendo los siguientes criterios, estableciéndose una puntuación máxima de 100 puntos:
8.1. Formación: Puntuación máxima 3 puntos.
- Contar con una titulación universitaria equivalente en Nivel 3 Máster (MECES) o
Nivel 7 (EQF) en el ámbito de: Periodismo, Ciencias de la Información, Comunicación
Audiovisual o Publicidad y Relaciones Públicas.
En todos los casos se solicitará que los/as candidatos/as presenten junto a sus
candidaturas copias de los títulos, certificaciones etc., que acreditan la formación, y si
fueran seleccionados/as copias compulsadas u originales para su validación.
8.2. Formación complementaria: Puntuación máxima 7 puntos.
La formación complementaria se baremará según los siguientes criterios:
- Horas de formación adicionales a la formación reglada ya valorada, en materia de
comunicación corporativa, marketing o publicidad. 1 punto por cada 40 horas de formación
recibida o impartida y hasta un máximo de 5 puntos. Solamente se contabilizarán cursos
finalizados completamente.
- Horas de formación adicionales a la formación reglada ya valorada en materia
de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia MRR. 1 punto por cada 40
horas de formación recibida o impartida y hasta un máximo de 2 puntos. Solamente se
contabilizarán cursos finalizados completamente.
Se podrá valorar este apartado con números no enteros hasta dos decimales. Por
ejemplo: 60 horas de formación equivaldría a 1,50 puntos.
Un mismo curso solamente se contabilizará una vez y en el punto de los anteriores
que mejor se adecúe a su contenido.
En todos los casos se solicitará que los/as candidatos/as presenten junto a sus
candidaturas copias de los títulos, certificaciones, etc., que acrediten la formación, y si
fueran seleccionados/as, copias compulsadas u originales para su validación.
8.3. Experiencia laboral: Puntuación máxima 40 puntos.
La experiencia laboral se baremará según el siguiente criterio:
- Experiencia que exceda de la experiencia mínima exigida y en la misma materia a
razón de 0,5 puntos por cada mes adicional de experiencia hasta un máximo de 40 puntos.
Sólo se valorará la experiencia acumulada en los últimos 10 años, y tan sólo se
valorarán meses completamente finalizados.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida
laboral actualizado, contrato de trabajo, certificado de empresa, etc.
La experiencia profesional deberá justificarse mediante formulación de currículo
profesional en el que de forma pormenorizada se describa la actividad profesional y los
méritos que puedan concurrir en el aspirante, y que a su juicio le hagan idóneo/a para el
desempeño del puesto al que aspira, no valorándose aquella experiencia que no tenga
relación directa con el puesto ofertado, reservándose el Comité de Selección la potestad
de hacer las contrastaciones que estime necesarias.
La documentación presentada debe ser lo suficientemente precisa para que acredite
la idoneidad de la experiencia con las funciones propias del puesto.
El Comité de Selección podrá requerir un certificado de funciones emitido por
la empresa donde consten las funciones desempeñadas. La presentación de dicho
certificado no es obligatoria, pero puede ser requerido por el Comité de Selección en
cualquier momento del proceso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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La documentación presentada debe ser lo suficientemente precisa para que acredite
la idoneidad de la experiencia con las funciones propias del puesto.