3. Otras disposiciones. . (2025/8-50)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se acuerda la intervención prevista en el artículo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, en el desarrollo de las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025
página 183/3
bajo su dependencia jerárquica que intervendrá en el desarrollo de las actuaciones y
procedimientos de aplicación de los tributos, aunque desempeñe puestos de trabajo en
órganos y unidades administrativos con funciones distintas.
Segundo. De conformidad con el artículo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria
de Andalucía, la intervención de personal descrita en el apartado primero no podrá
suponer alteración del régimen de atribución de las competencias para la iniciación del
procedimiento de que se trate, autorización, en su caso, y resolución.
Tercero. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se mantendrá en vigor hasta
la consecución de los objetivos previstos en la planificación estratégica de la Agencia
para el ejercicio 2025.
00313795
Sevilla, 7 de enero de 2025.- El Director, José Francisco Parra Soler.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025
página 183/3
bajo su dependencia jerárquica que intervendrá en el desarrollo de las actuaciones y
procedimientos de aplicación de los tributos, aunque desempeñe puestos de trabajo en
órganos y unidades administrativos con funciones distintas.
Segundo. De conformidad con el artículo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria
de Andalucía, la intervención de personal descrita en el apartado primero no podrá
suponer alteración del régimen de atribución de las competencias para la iniciación del
procedimiento de que se trate, autorización, en su caso, y resolución.
Tercero. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se mantendrá en vigor hasta
la consecución de los objetivos previstos en la planificación estratégica de la Agencia
para el ejercicio 2025.
00313795
Sevilla, 7 de enero de 2025.- El Director, José Francisco Parra Soler.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja