3. Otras disposiciones. . (2025/7-52)
Orden de 2 de enero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la operación 10.1.14 Enmienda caliza del suelo para prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas de la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, excepcionalmente para la campaña 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 109/16
Disposición adicional primera. Régimen de control.
De conformidad con la disposición adicional tercera b) del Decreto 70/2016, de 1
de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del
Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía
y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y se designa el Organismo de Certificación, los expedientes de ayudas
correspondientes a las operaciones reguladas en esta orden estarán sometidos en la
totalidad de su gestión de gasto y de pago al control financiero permanente previsto en
el artículo 94 del Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de Andalucía.
Disposición adicional segunda. Cláusula suspensiva.
La convocatoria de las ayudas prevista en la presente orden estará condicionada a
la aprobación definitiva, por la Comisión Europea de la versión 15 del PDRA 2014-2022,
conforme al Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
17 de diciembre de 2013.
Disposición final primera. Adaptación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de
Mercados, en el ámbito de su competencia, a dictar cuantas resoluciones sean necesarias
para adaptar lo dispuesto en la presente orden a los cambios técnicos que en su caso se
produzcan en la normativa comunitaria y básica estatal.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de enero de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00313721
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 109/16
Disposición adicional primera. Régimen de control.
De conformidad con la disposición adicional tercera b) del Decreto 70/2016, de 1
de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del
Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía
y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y se designa el Organismo de Certificación, los expedientes de ayudas
correspondientes a las operaciones reguladas en esta orden estarán sometidos en la
totalidad de su gestión de gasto y de pago al control financiero permanente previsto en
el artículo 94 del Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de Andalucía.
Disposición adicional segunda. Cláusula suspensiva.
La convocatoria de las ayudas prevista en la presente orden estará condicionada a
la aprobación definitiva, por la Comisión Europea de la versión 15 del PDRA 2014-2022,
conforme al Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
17 de diciembre de 2013.
Disposición final primera. Adaptación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de
Mercados, en el ámbito de su competencia, a dictar cuantas resoluciones sean necesarias
para adaptar lo dispuesto en la presente orden a los cambios técnicos que en su caso se
produzcan en la normativa comunitaria y básica estatal.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de enero de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00313721
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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