Disposiciones generales. . (2025/6-1)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se modifica la Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se aprueban subvenciones para el fomento de la participación de confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía para el curso 2024/2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025
página 74/2
Segundo. La tramitación de las solicitudes de subvención para el fomento de la
participación de confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado en
Andalucía se rige, además de por lo dispuesto en la citada Orden de la Consejería de
Educación de 15 de abril de 2011, por la normativa general de aplicación en materia de
subvenciones, siendo igualmente de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. De conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, si una entidad no se encuentra al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias, no cumple los requisitos para ser beneficiaria.
Atendiendo a la propuesta del Servicio de Participación como instructor del
expediente, esta Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por Delegación
de la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en virtud
del artículo 15 de la citada Orden de 15 de abril de 2011,
RESU ELV E
Modificar la Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa, por la que se aprueban subvenciones para el fomento
de la participación de confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y
padres del alumnado en Andalucía para el curso 2024/2025 publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía número 232, el jueves 28 de noviembre de 2024, desestimando
la entidad Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de alumnos
y alumnas calidad en igualdad (CONFEDAMPA), de CIF G91818278, de forma que la
citada resolución quede modificada introduciendo los siguientes cambios:
En la página 54748/1, donde dice:
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas
económicas cuyos importes, asimismo, se indican y cuyos presupuestos aceptados se
desglosan en el Anexo II.
Debe decir:
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas
económicas cuyos importes, asimismo, se indican y cuyos presupuestos aceptados se
desglosan en el Anexo II, y desestimar la entidad que se relaciona en el Anexo III.
En la página 54748/5 donde dice:
ANEXO I: Relación de Confederaciones y Federaciones de asociaciones de madres y
padres del alumnado beneficiarias de subvenciones para la realización de actividades de
fomento de la participación durante el curso 2024/2025.
1
2
3
4
ENTIDAD
Confederación Andaluza de Asociaciones de Madres y Padres del
Alumnado por la Educación Pública (CODAPA)
Confederación de padres de familias y padres y madres de alumnos
de Andalucía (CONCAPA - ANDALUCÍA)
Federación Andaluza de Asociaciones de Padres y Madres de
Alumnos de la Enseñanza Privada (FAPYMA)
Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de
alumnos y alumnas calidad en igualdad (CONFEDAMPA)
TOTAL
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CIF
SUBVENCIÓN
G18050732
580.517,91 €
G72223399
127.093,83 €
G90290784
12.629,89 €
G91818278
15.146,37 €
735.388,00 €
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313688
NÚM.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025
página 74/2
Segundo. La tramitación de las solicitudes de subvención para el fomento de la
participación de confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado en
Andalucía se rige, además de por lo dispuesto en la citada Orden de la Consejería de
Educación de 15 de abril de 2011, por la normativa general de aplicación en materia de
subvenciones, siendo igualmente de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. De conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, si una entidad no se encuentra al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias, no cumple los requisitos para ser beneficiaria.
Atendiendo a la propuesta del Servicio de Participación como instructor del
expediente, esta Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por Delegación
de la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en virtud
del artículo 15 de la citada Orden de 15 de abril de 2011,
RESU ELV E
Modificar la Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa, por la que se aprueban subvenciones para el fomento
de la participación de confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y
padres del alumnado en Andalucía para el curso 2024/2025 publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía número 232, el jueves 28 de noviembre de 2024, desestimando
la entidad Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de alumnos
y alumnas calidad en igualdad (CONFEDAMPA), de CIF G91818278, de forma que la
citada resolución quede modificada introduciendo los siguientes cambios:
En la página 54748/1, donde dice:
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas
económicas cuyos importes, asimismo, se indican y cuyos presupuestos aceptados se
desglosan en el Anexo II.
Debe decir:
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas
económicas cuyos importes, asimismo, se indican y cuyos presupuestos aceptados se
desglosan en el Anexo II, y desestimar la entidad que se relaciona en el Anexo III.
En la página 54748/5 donde dice:
ANEXO I: Relación de Confederaciones y Federaciones de asociaciones de madres y
padres del alumnado beneficiarias de subvenciones para la realización de actividades de
fomento de la participación durante el curso 2024/2025.
1
2
3
4
ENTIDAD
Confederación Andaluza de Asociaciones de Madres y Padres del
Alumnado por la Educación Pública (CODAPA)
Confederación de padres de familias y padres y madres de alumnos
de Andalucía (CONCAPA - ANDALUCÍA)
Federación Andaluza de Asociaciones de Padres y Madres de
Alumnos de la Enseñanza Privada (FAPYMA)
Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de
alumnos y alumnas calidad en igualdad (CONFEDAMPA)
TOTAL
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CIF
SUBVENCIÓN
G18050732
580.517,91 €
G72223399
127.093,83 €
G90290784
12.629,89 €
G91818278
15.146,37 €
735.388,00 €
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313688
NÚM.