3. Otras disposiciones. . (2025/6-19)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera, por la que se publica el convenio de colaboración entre la Junta de Andalucía, Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R., y entidades financieras de crédito que operan en Andalucía para facilitar la financiación de las empresas mediante el establecimiento de líneas específicas de anticipos de tesorería basadas en las ayudas concedidas por la Junta de Andalucía y sus entidades vinculadas o dependientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025

página 79/4

Tercera. Obligaciones de las entidades financieras y de la Junta de Andalucía.
Garántia, S.G.R. y las entidades financieras de crédito firmantes podrán en marcha
distintas líneas de financiación bancaria anticipada de aquellas ayudas concedidas a
las empresas, incluidas las PYMES, microempresas y los autónomos y autónomas, por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313693

Segunda. Actuaciones, destinatarios de las mismas y características de las líneas de
financiación.
Con este Convenio, se establecen las distintas líneas de financiación que podrán
establecer Garántia, S.G.R. y las entidades financieras de crédito que operan en
Andalucía, estableciendo cada una de ellas las condiciones y características de los
instrumentos financieros que se implementen aplicando la política de riesgo de cada
entidad financiera.
Los potenciales destinatarios de las distintas líneas de financiación que se
implementen por las entidades financieras son las empresas con sede social o centro
operativo relevante en Andalucía, preferentemente las pymes, las microempresas y los
autónomos y autónomas, a las que se le haya concedido por la Junta de Andalucía y sus
entidades vinculadas o dependientes algún tipo de ayuda que esté pendiente de abono.
Se considerará centro operativo relevante en Andalucía de una empresa aquel centro
de trabajo con plantilla permanente localizado en Andalucía donde se desarrolla una
actividad económica significativa en la cadena de valor de la empresa y en el conjunto de
la actividad desarrollada por la misma.
Las condiciones generales máximas de las líneas de financiación a establecer por
Garantia, S.G.R. y las entidades financieras de crédito en el ámbito de este Convenio,
serían:
• Destinatarios: Empresas (preferentemente PYMES, microempresas y autónomos/
autónomas) que tengan su sede social o un centro operativo relevante en Andalucía, a las
que se le haya concedido una ayuda por parte de la Junta de Andalucía y sus entidades
vinculadas o dependientes, mediante resolución administrativa expresa, que aún no haya
sido pagada.
• Producto financiero: Póliza de crédito o préstamo con carencia de capital, según
plazo del proyecto, pudiendo cancelarse cuando se recibe la ayuda o iniciar el periodo de
amortización del mismo.
• Plazo: En función de los plazos establecidos en la resolución de concesión, y
siempre a criterio de la entidad financiera.
• Importe máximo: Importe de la ayuda concedida pendiente de pago.
• Condiciones económicas de las operaciones financieras:
1. Operaciones con aval de Garántia S.G.R.
◦ Garántia, S.G.R.
▪ Comisión de apertura: 0,1 %
▪ Comisión de aval anual: Hasta 1,5 %.
◦ Entidad financiera
▪ Comisión de apertura: 0%
▪ Comisión de cancelación parcial o total: la estándar de cada entidad.
▪ Tipo de interés:
◦ Fijo: Máximo 4%
◦ Variable: Máximo Euribor anual + 1 %
2. Operaciones sin aval de Garántia, S.G.R.
◦ Entidad financiera
▪ Comisión de apertura: 0%.
▪ Comisión de cancelación parcial o total: la estándar de cada entidad.
▪ Tipo de interés:
◦ Fijo: Máximo 4,25%
◦ Variable: Máximo Euribor anual + 1,25 %