3. Otras disposiciones. . (2025/6-19)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera, por la que se publica el convenio de colaboración entre la Junta de Andalucía, Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R., y entidades financieras de crédito que operan en Andalucía para facilitar la financiación de las empresas mediante el establecimiento de líneas específicas de anticipos de tesorería basadas en las ayudas concedidas por la Junta de Andalucía y sus entidades vinculadas o dependientes.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025
página 79/3
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.2.1.º del Estatuto de
Autonomía, corresponde a la Junta de Andalucía el fomento de la actividad económica
en Andalucía y la promoción económica general. Por tanto, forma parte del cometido
de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos, hacer efectivo el impulso de la actividad y la promoción económica general en
el territorio andaluz, entre los que se incluiría el establecimiento de actuaciones en materia
financiera en colaboración con las entidades financieras que operan en Andalucía.
Tercero. Que el conjunto de entidades financieras que operan en Andalucía
posee un firme y sólido compromiso con la sociedad para realizar acciones de apoyo
al emprendimiento, a la creación de empresas, a la financiación de las empresas y
los autónomos y autónomas y al impulso de nuevos proyectos empresariales, para
contribuir de este modo al desarrollo de las áreas geográficas donde se encuentra
presente. De esta forma, estima que el establecimiento de líneas de financiación en
condiciones preferenciales dirigidas al conjunto de empresas que operan en Andalucía
son instrumentos adecuados para favorecer la actividad económica en la Comunidad
Autónoma.
Cuarto. Que la Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R. (en adelante
Garántia, S.G.R.), de la que es socio protector mayoritario la Junta de Andalucía, es
la única sociedad de garantía recíproca andaluza con presencia estable y permanente
en todo el conjunto del territorio andaluz, cuya actividad principal consiste en facilitar el
acceso a la financiación a las pequeñas y medianas empresas y autónomos andaluces,
mediante la prestación de avales y servicios de asesoramiento a los mismos, manteniendo
convenios de colaboración con los principales operadores del mercado financiero. De
esta forma, estima que el establecimiento de avales que faciliten la obtención de líneas
de financiación en condiciones preferenciales dirigidas al conjunto de empresas que
operan en Andalucía son instrumentos adecuados para favorecer la actividad económica
en la Comunidad Autónoma.
Quinto. Que, dado que existen espacios comunes para la articulación de sus
respectivos objetivos, las partes manifiestan su intención de colaborar de manera conjunta
con la finalidad de establecer un marco jurídico e institucional adecuado mediante
un convenio para impulsar los objetivos citados en relación con las competencias y
actuaciones a desarrollar por los intervinientes.
Y con esta finalidad las partes firmantes formalizan el presente Convenio de
colaboración de acuerdo con las siguientes
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio es establecer la forma en que se desarrollará la
colaboración entre la Junta de Andalucía, Garántia S.G.R., y las entidades financieras
de crédito firmantes, para conceder operaciones financieras con cargo a líneas de
financiación bancaria en condiciones preferenciales destinadas a las empresas en
Andalucía, y de manera específica a las pymes, microempresas y autónomos/autónomas,
basadas en las ayudas concedidas a las empresas por la Junta de Andalucía y sus
entidades vinculadas o dependientes, pendientes de pago a fin de que puedan disfrutar
del importe de las mismas antes de su pago efectivo. Con estas líneas de financiación
se da cobertura financiera al desfase temporal que se produce entre la resolución de
concesión de la ayuda y el pago efectivo de la misma por la parte de la Junta de Andalucía
y sus entidades vinculadas o dependientes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313693
ESTIPUL ACIONES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025
página 79/3
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.2.1.º del Estatuto de
Autonomía, corresponde a la Junta de Andalucía el fomento de la actividad económica
en Andalucía y la promoción económica general. Por tanto, forma parte del cometido
de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos, hacer efectivo el impulso de la actividad y la promoción económica general en
el territorio andaluz, entre los que se incluiría el establecimiento de actuaciones en materia
financiera en colaboración con las entidades financieras que operan en Andalucía.
Tercero. Que el conjunto de entidades financieras que operan en Andalucía
posee un firme y sólido compromiso con la sociedad para realizar acciones de apoyo
al emprendimiento, a la creación de empresas, a la financiación de las empresas y
los autónomos y autónomas y al impulso de nuevos proyectos empresariales, para
contribuir de este modo al desarrollo de las áreas geográficas donde se encuentra
presente. De esta forma, estima que el establecimiento de líneas de financiación en
condiciones preferenciales dirigidas al conjunto de empresas que operan en Andalucía
son instrumentos adecuados para favorecer la actividad económica en la Comunidad
Autónoma.
Cuarto. Que la Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R. (en adelante
Garántia, S.G.R.), de la que es socio protector mayoritario la Junta de Andalucía, es
la única sociedad de garantía recíproca andaluza con presencia estable y permanente
en todo el conjunto del territorio andaluz, cuya actividad principal consiste en facilitar el
acceso a la financiación a las pequeñas y medianas empresas y autónomos andaluces,
mediante la prestación de avales y servicios de asesoramiento a los mismos, manteniendo
convenios de colaboración con los principales operadores del mercado financiero. De
esta forma, estima que el establecimiento de avales que faciliten la obtención de líneas
de financiación en condiciones preferenciales dirigidas al conjunto de empresas que
operan en Andalucía son instrumentos adecuados para favorecer la actividad económica
en la Comunidad Autónoma.
Quinto. Que, dado que existen espacios comunes para la articulación de sus
respectivos objetivos, las partes manifiestan su intención de colaborar de manera conjunta
con la finalidad de establecer un marco jurídico e institucional adecuado mediante
un convenio para impulsar los objetivos citados en relación con las competencias y
actuaciones a desarrollar por los intervinientes.
Y con esta finalidad las partes firmantes formalizan el presente Convenio de
colaboración de acuerdo con las siguientes
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio es establecer la forma en que se desarrollará la
colaboración entre la Junta de Andalucía, Garántia S.G.R., y las entidades financieras
de crédito firmantes, para conceder operaciones financieras con cargo a líneas de
financiación bancaria en condiciones preferenciales destinadas a las empresas en
Andalucía, y de manera específica a las pymes, microempresas y autónomos/autónomas,
basadas en las ayudas concedidas a las empresas por la Junta de Andalucía y sus
entidades vinculadas o dependientes, pendientes de pago a fin de que puedan disfrutar
del importe de las mismas antes de su pago efectivo. Con estas líneas de financiación
se da cobertura financiera al desfase temporal que se produce entre la resolución de
concesión de la ayuda y el pago efectivo de la misma por la parte de la Junta de Andalucía
y sus entidades vinculadas o dependientes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313693
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