3. Otras disposiciones. . (2025/6-18)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera, por la que se publica el convenio de colaboración entre la Junta de Andalucía, Sociedad de Avales y Garantías de Andalucía, S.G.R., y entidades financieras de crédito que operan en Andalucía para facilitar la financiación de las empresas mediante el establecimiento de líneas específicas de anticipos de tesorería basadas en las ayudas concedidas por la Junta de Andalucía y sus entidades vinculadas o dependientes.
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Viernes, 10 de enero de 2025

página 72/7

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores previstas en el presente
Convenio, o en la legislación vigente.
Décima. Confidencialidad y tratamiento de datos de carácter personal.
Las partes firmantes se comprometen y obligan a tratar de modo confidencial
cualesquiera datos de información de carácter personal que traten en virtud de este
Convenio de colaboración, y a cumplir adecuadamente y en todo momento, las
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como con arreglo a lo
dispuesto por el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento
General de Protección de Datos Personales), y en cualesquiera otras normas vigentes o
que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia.
Las partes tratarán los datos personales referentes a las personas firmantes de este
Convenio sobre la base de su interés legítimo, y con la única finalidad de garantizar el
mantenimiento y desarrollo de la relación. Los interesados podrán ejercitar en cualquier
momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento y
oposición dirigiéndose a los respectivos domicilios señalados en el presente Convenio,
así como presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.
La firma del presente Convenio se sustenta en la buena fe de las partes, por lo que
estas desean cumplir y seguir los términos de este Convenio según el espíritu de buen
entendimiento y participación que lo ha promovido y como prueba de conformidad con
lo acordado, las partes firman este ejemplar duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la
fecha que se indican en el encabezamiento.
Undécima. Naturaleza y jurisdicción competente.
El presente instrumento tiene el carácter de convenio al amparo de lo dispuesto por
el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
quedando sometido en consecuencia al régimen jurídico previsto en el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

00313686

Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Por Garántia, S.G.R.
Por las entidades financieras:
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco de Sabadell, S.A., Banco Santander, S.A.,
Bankinter, S.A., Caixabank, S.A., Cajamar Caja Rural, S.C.C., Cajasur Banco, S.A., Caja
Rural de Granada, S.C.C., Caja Rural del Sur, S.C.C., Ibercaja Banco, S.A., Unicaja
Banco, S.A.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja