Disposiciones generales. . (2025/4-2)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se amplían los créditos presupuestarios recogidos en la Resolución de 27 de julio de 2023, por la que se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión de subvenciones de la Línea 2 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 17/3
fomento del trabajo autónomo en Andalucía, con cargo programa presupuestario 72C
«Trabajo Autónomo y Economía Social» del ejercicio 2025, correspondiendo la cuantía de
10.010.003,00 euros a fondos propios (Servicio 01), y la cuantía de 6.000.000,00 euros,
fondos finalistas del Estado (Servicio 18).
El importe de la ampliación se adicionará a los 116.433.661,33 € previstos en la
Resolución de 27 de julio de 2023, tras las ampliaciones mencionadas, resultando una
cuantía total de 132.443.664,33 €.
Segundo. Distribución provincial de créditos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y
sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de 16.010.003,00
euros se distribuye entre las medidas de la línea de actuación convocadas mediante la
Resolución de 27 de julio de 2023, en los ámbitos provinciales que a continuación se
detallan, atendiendo al número de solicitudes presentadas que, aun cumpliendo todos los
requisitos, no resultarán beneficiarias por agotamiento del crédito disponible.
FINANCIACIÓN
PARTIDA PRESUPUESTARIA
Fondos propios (Servicio 01) 1400010063 G/72C/77806/00 01 2018000179
Fondo Finalistas (Servicio 18) 1400180063 G/72C/77800/00 S0714 2025000319
TOTAL
ANUALIDAD 2025 (€)
10.010.003,00
6.000.000,00
16.010.003,00
PROVINCIAS
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras
autónomas menores
de 35 años.
Hombres trabajadores
autónomos menores
de 30 años.
Mujeres trabajadoras
autónomas mayores
de 35 años o más.
Hombres trabajadores
autónomos mayores
de 30 años o más.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
296.210,00
467.839,51
321.059,84
363.801,55 192.172,04 235.245,08 663.987,52 772.995,45
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
120.770,69
186.241,11
115.049,97
137.932,84
75.894,84
97.633,57
242.812,64
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
200.606,47
379.092,83
231.371,21
278.153,96
163.231,12 186.113,98
519.186,82
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
243.026,86
429.549,25
263.207,02
315.098,88 180.180,05 214.486,34 588.684,27 648.648,19
294.934,73
584.784,38
TOTAL : 10.010.003,00 €
PROVINCIAS
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras
autónomas menores
de 35 años.
Hombres trabajadores
autónomos menores
de 30 años.
Mujeres trabajadoras
autónomas mayores
de 35 años o más.
Hombres trabajadores
autónomos mayores
de 30 años o más.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
177.548,40
280.423,20
192.443,40
218.062,80
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
72.390,00
111.633,00
68.961,00
82.677,00
45.491,40
58.521,60
145.542,00
176.784,00
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
120.243,60
227.228,40
138.684,00
166.725,60
97.840,80
111.556,80 311.200,80
350.520,00
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
145.670,40
257.472,00
157.766,40
188.870,40
115.188,00 141.006,00 397.994,40 463.333,80
108.000,00 128.563,20 352.857,60 388.800,00
TOTAL : 6.000.000 €
Sevilla, 30 de diciembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 29.6.2023, BOJA núm. 125, de 3.7.2023), la Directora General, Carmen
María Durán Barrantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313631
Tercero. Eficacia de la resolución.
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
BOJA
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 17/3
fomento del trabajo autónomo en Andalucía, con cargo programa presupuestario 72C
«Trabajo Autónomo y Economía Social» del ejercicio 2025, correspondiendo la cuantía de
10.010.003,00 euros a fondos propios (Servicio 01), y la cuantía de 6.000.000,00 euros,
fondos finalistas del Estado (Servicio 18).
El importe de la ampliación se adicionará a los 116.433.661,33 € previstos en la
Resolución de 27 de julio de 2023, tras las ampliaciones mencionadas, resultando una
cuantía total de 132.443.664,33 €.
Segundo. Distribución provincial de créditos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y
sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de 16.010.003,00
euros se distribuye entre las medidas de la línea de actuación convocadas mediante la
Resolución de 27 de julio de 2023, en los ámbitos provinciales que a continuación se
detallan, atendiendo al número de solicitudes presentadas que, aun cumpliendo todos los
requisitos, no resultarán beneficiarias por agotamiento del crédito disponible.
FINANCIACIÓN
PARTIDA PRESUPUESTARIA
Fondos propios (Servicio 01) 1400010063 G/72C/77806/00 01 2018000179
Fondo Finalistas (Servicio 18) 1400180063 G/72C/77800/00 S0714 2025000319
TOTAL
ANUALIDAD 2025 (€)
10.010.003,00
6.000.000,00
16.010.003,00
PROVINCIAS
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras
autónomas menores
de 35 años.
Hombres trabajadores
autónomos menores
de 30 años.
Mujeres trabajadoras
autónomas mayores
de 35 años o más.
Hombres trabajadores
autónomos mayores
de 30 años o más.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
296.210,00
467.839,51
321.059,84
363.801,55 192.172,04 235.245,08 663.987,52 772.995,45
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
120.770,69
186.241,11
115.049,97
137.932,84
75.894,84
97.633,57
242.812,64
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
200.606,47
379.092,83
231.371,21
278.153,96
163.231,12 186.113,98
519.186,82
1400010063 G/72C/77806/00
01 2018000179
243.026,86
429.549,25
263.207,02
315.098,88 180.180,05 214.486,34 588.684,27 648.648,19
294.934,73
584.784,38
TOTAL : 10.010.003,00 €
PROVINCIAS
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras
autónomas menores
de 35 años.
Hombres trabajadores
autónomos menores
de 30 años.
Mujeres trabajadoras
autónomas mayores
de 35 años o más.
Hombres trabajadores
autónomos mayores
de 30 años o más.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
177.548,40
280.423,20
192.443,40
218.062,80
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
72.390,00
111.633,00
68.961,00
82.677,00
45.491,40
58.521,60
145.542,00
176.784,00
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
120.243,60
227.228,40
138.684,00
166.725,60
97.840,80
111.556,80 311.200,80
350.520,00
1400180063 G/72C/77800/00
S0714 2025000319
145.670,40
257.472,00
157.766,40
188.870,40
115.188,00 141.006,00 397.994,40 463.333,80
108.000,00 128.563,20 352.857,60 388.800,00
TOTAL : 6.000.000 €
Sevilla, 30 de diciembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 29.6.2023, BOJA núm. 125, de 3.7.2023), la Directora General, Carmen
María Durán Barrantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313631
Tercero. Eficacia de la resolución.
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.