3. Otras disposiciones. . (2025/4-26)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, en su condición de Dirección del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas, para la designación del órgano encargado del desarrollo de las medidas necesarias para el cumplimiento de la condicionalidad social en las ayudas de la Política Agrícola Común en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 56452/2
modificado por Decreto 165/2024, de 26 de agosto, entre otras funciones, la del desarrollo
de las medidas necesarias para el cumplimiento de la condicionalidad de las ayudas de
la PAC. No obstante, ya que el mencionado Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, dedica dos secciones diferenciadas
para la condicionalidad y la condicionalidad social, se entiende necesario realizar una
designación específica de un órgano que desarrolle las medidas necesarias para el
cumplimiento de la condicionalidad social en las ayudas de la PAC en Andalucía, y que
sea el mismo ya existente para la condicionalidad.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación
vigente y en particular el Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la
organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos
financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo
de certificación, y el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
modificado por Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
RESU ELVO
Primero. Designar a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera como
órgano encargado del desarrollo de las medidas necesarias para el cumplimiento de la
condicionalidad social en los pagos directos y determinados pagos anuales de desarrollo
rural de la PAC en Andalucía.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
para su general conocimiento, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00313403
Sevilla, 18 de diciembre de 2024.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 56452/2
modificado por Decreto 165/2024, de 26 de agosto, entre otras funciones, la del desarrollo
de las medidas necesarias para el cumplimiento de la condicionalidad de las ayudas de
la PAC. No obstante, ya que el mencionado Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, dedica dos secciones diferenciadas
para la condicionalidad y la condicionalidad social, se entiende necesario realizar una
designación específica de un órgano que desarrolle las medidas necesarias para el
cumplimiento de la condicionalidad social en las ayudas de la PAC en Andalucía, y que
sea el mismo ya existente para la condicionalidad.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación
vigente y en particular el Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la
organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos
financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo
de certificación, y el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
modificado por Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
RESU ELVO
Primero. Designar a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera como
órgano encargado del desarrollo de las medidas necesarias para el cumplimiento de la
condicionalidad social en los pagos directos y determinados pagos anuales de desarrollo
rural de la PAC en Andalucía.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
para su general conocimiento, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00313403
Sevilla, 18 de diciembre de 2024.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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