Autoridades y personal. . (2025/2-26)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en la Escala de Programadores Informáticos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56214/9
ANEXO I
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del
programa que se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria, para lo cual no
podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A – [E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el interesado no serán objeto de penalización.
El tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
superación del ejercicio, teniendo en cuenta el número de participantes presentados al
mismo, su dificultad y el número de plazas ofertadas.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 20 puntos, de modo que las
personas candidatas que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán
una calificación de 20 puntos. Aquellos/as opositores/as, una vez practicada la
correspondiente penalización por las respuestas erróneas, que contesten acertadamente
el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar el ejercicio propuesto a
criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación de 10 puntos. El resto de
personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación distribuida proporcionalmente a
las preguntas correctamente contestadas entre ambas calificaciones.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será establecido oportunamente
por el tribunal.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, cada uno
de diferentes módulos a elección del opositor, de entre los seis previamente elegidos
mediante sorteo por el tribunal (dos de cada uno de los módulos B, C y D que se relacionan
en el Anexo II). No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización
del ejercicio. El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente proceso selectivo.
El ejercicio se calificará un máximo de 20 puntos Aquellos/as opositores/as, que
contesten acertadamente el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar
el ejercicio propuesto a criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación
de 10 puntos. El resto de personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación
distribuida proporcionalmente a las preguntas correctamente contestadas entre ambas
calificaciones,
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será establecido oportunamente
por el tribunal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313160
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso. Los ejercicios de la
fase de oposición serán eliminatorios.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
todos los ejercicios de los que conste la fase de oposición.
BOJA
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56214/9
ANEXO I
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del
programa que se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria, para lo cual no
podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A – [E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el interesado no serán objeto de penalización.
El tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
superación del ejercicio, teniendo en cuenta el número de participantes presentados al
mismo, su dificultad y el número de plazas ofertadas.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 20 puntos, de modo que las
personas candidatas que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán
una calificación de 20 puntos. Aquellos/as opositores/as, una vez practicada la
correspondiente penalización por las respuestas erróneas, que contesten acertadamente
el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar el ejercicio propuesto a
criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación de 10 puntos. El resto de
personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación distribuida proporcionalmente a
las preguntas correctamente contestadas entre ambas calificaciones.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será establecido oportunamente
por el tribunal.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, cada uno
de diferentes módulos a elección del opositor, de entre los seis previamente elegidos
mediante sorteo por el tribunal (dos de cada uno de los módulos B, C y D que se relacionan
en el Anexo II). No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización
del ejercicio. El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente proceso selectivo.
El ejercicio se calificará un máximo de 20 puntos Aquellos/as opositores/as, que
contesten acertadamente el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar
el ejercicio propuesto a criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación
de 10 puntos. El resto de personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación
distribuida proporcionalmente a las preguntas correctamente contestadas entre ambas
calificaciones,
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será establecido oportunamente
por el tribunal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313160
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso. Los ejercicios de la
fase de oposición serán eliminatorios.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
todos los ejercicios de los que conste la fase de oposición.