Autoridades y personal. . (2025/2-26)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en la Escala de Programadores Informáticos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56214/4
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de Jaén
dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»,
se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas completas de
personas admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así
como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación detallada
en la base 3.5 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2. Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de errores mediante la realización
de las alegaciones y presentación de documentación acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313160
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos
de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación de acuerdo con lo expresado en la presente convocatoria.
3.7. Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad
igual o superior al 33%, que deberán acompañar a su solicitud de participación los documentos
acreditativos de esta situación.
3.8. La devolución de los derechos de examen procederá cuando las personas
aspirantes hayan sido excluidas definitivamente del proceso selectivo. A tal efecto,
será necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar
inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta
bancaria en la que ha de realizarse la transferencia de devolución.
3.9. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas interesadas
se practicarán, preferentemente, a través de la dirección de correo electrónico señalada en la
solicitud.
3.10. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.11. Aquellos/as participantes en el proceso selectivo que deseen ser incluidos/as
en la bolsa de empleo para la selección de personal con carácter temporal al objeto de
ofrecer cobertura a aquellas necesidades futuras de personal, con carácter de interinidad,
que se produzcan en puestos de trabajo con tareas similares a las propias de la escala
objeto de la presente convocatoria deberán hacerlo constar expresamente mediante su
puesta de manifiesto en el apartado habilitado para tal finalidad en el modelo de solicitud
de participación en este proceso selectivo.
El régimen de funcionamiento de la correspondiente bolsa de empleo se vertebra en
torno a los distintos acuerdos adoptados por la Universidad de Jaén al respecto y demás
normativa de aplicación.
A efectos de notificación y comunicación con la persona incluida en la bolsa de empleo
que se trate, se considerarán los datos e información señalados por los/as opositores/as
en el modelo de solicitud para la participación en este proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56214/4
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de Jaén
dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»,
se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas completas de
personas admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así
como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación detallada
en la base 3.5 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2. Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de errores mediante la realización
de las alegaciones y presentación de documentación acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313160
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos
de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación de acuerdo con lo expresado en la presente convocatoria.
3.7. Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad
igual o superior al 33%, que deberán acompañar a su solicitud de participación los documentos
acreditativos de esta situación.
3.8. La devolución de los derechos de examen procederá cuando las personas
aspirantes hayan sido excluidas definitivamente del proceso selectivo. A tal efecto,
será necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar
inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta
bancaria en la que ha de realizarse la transferencia de devolución.
3.9. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas interesadas
se practicarán, preferentemente, a través de la dirección de correo electrónico señalada en la
solicitud.
3.10. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.11. Aquellos/as participantes en el proceso selectivo que deseen ser incluidos/as
en la bolsa de empleo para la selección de personal con carácter temporal al objeto de
ofrecer cobertura a aquellas necesidades futuras de personal, con carácter de interinidad,
que se produzcan en puestos de trabajo con tareas similares a las propias de la escala
objeto de la presente convocatoria deberán hacerlo constar expresamente mediante su
puesta de manifiesto en el apartado habilitado para tal finalidad en el modelo de solicitud
de participación en este proceso selectivo.
El régimen de funcionamiento de la correspondiente bolsa de empleo se vertebra en
torno a los distintos acuerdos adoptados por la Universidad de Jaén al respecto y demás
normativa de aplicación.
A efectos de notificación y comunicación con la persona incluida en la bolsa de empleo
que se trate, se considerarán los datos e información señalados por los/as opositores/as
en el modelo de solicitud para la participación en este proceso selectivo.