3. Otras disposiciones. . (2025/1-37)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de investigación e innovación aplicada dentro del Plan Propio de Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

página 56470/6

Undécimo. Solicitudes y plazo de presentación.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y
en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:
https://ugi.uca.es/convocatoria-de-ayudas-a-proyectos-de-investigacion-e-innovacionaplicada-dentro-del-plan-propio-de-apoyo-y-estimulo-a-la-investigacion-y-la-transferencia-financiados-por-el-programa-operativo-feder-a/
El plazo de presentación de solicitudes abarca desde el 20 de enero al 20 de febrero
de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313419

posterioridad, derivados de estancias breves en otros centros de investigación (duración
máxima de tres meses), cuotas de inscripción, cursos de corta duración, congresos y
jornadas, organización de actividades de transferencia, difusión y divulgación científica
relacionadas directamente con el proyecto como la organización de congresos,
simposios, cursos, seminarios, jornadas, foros y exposiciones, edición de libros, páginas
web y cualquier otro que se derive directamente de la actuación y sean necesarios para
su ejecución. No se imputarán ninguno de estos gastos para el equipo de trabajo.
Los gastos de viaje, alojamiento y manutención que se imputen estarán limitados por
los importes establecidos en la normativa interna de la Universidad de Cádiz.
Sin perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo al
concepto de viajes y dietas, no serán elegibles gastos de comidas de trabajo y atenciones
de carácter protocolario.
a) Costes del informe de auditoría: Se considerarán admisibles en la justificación
económica del proyecto, con un límite de 1.200 € por proyecto los gastos derivados del
preceptivo informe de auditoría.
Con carácter general todos los gastos deberán adecuarse a la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público y a los procedimientos de contratación
establecidos en la misma.
La cuantía aprobada como costes directos de ejecución se podrá destinar a
cualquiera de los gastos elegibles, de acuerdo con las limitaciones establecidas y las
necesidades del proyecto. En todo caso, las variaciones no podrán alterar el importe total
de la ayuda, y cualquier cambio respecto a los gastos contemplados en la solicitud inicial
del proyecto deberá justificarse adecuadamente en la documentación de seguimiento o
de justificación.
2.º Costes indirectos: En el presupuesto solicitado se incluirá una partida equivalente
al 10% de los costes directos de ejecución de cada proyecto, en concepto de costes
indirectos. Esta Universidad se reservará dicha cantidad en concepto de gastos generales
y de funcionamiento habituales del proyecto.
No se podrán realizar trasvases entre los conceptos de costes directos de ejecución
y costes indirectos.
3.º En ningún caso se incluirán en los proyectos los siguientes gastos:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Las contribuciones en especie, ni los intereses deudores, recargos, sanciones
administrativas y penales, ni gastos de garantías bancarias.
e) Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión.
f) Las inversiones en maquinarias y bienes usados.
g) Toda clase de impuestos y aranceles, así como las inversiones de reposición o de
mera sustitución.
h) No se considerará elegible en ningún caso el Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA).
i) Los impuestos personales o sobre la renta.
j) Gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario.