3. Otras disposiciones. . (2025/1-37)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de investigación e innovación aplicada dentro del Plan Propio de Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

página 56470/5

implicaciones éticas o de seguridad, deberá aportar junto con la solicitud la petición de
autorización al Comité de ética/seguridad.
4. Los proyectos deben tener en cuenta los criterios DNSH (no causar perjuicio
significativo al medio ambiente), así como las medidas antifraudes (DACIs – Declaración
ausencia de conflicto de interés para cualquier interviniente en el otorgamiento de los
fondos).

Décimo. Conceptos susceptibles de ayuda.
1. El presupuesto solicitado se agrupará según los siguientes conceptos:
1.º Costes directos de ejecución.
a) Costes de personal. El personal contratado con cargo a estos incentivos deberá
dedicarse en exclusiva a la consecución de los objetivos del proyecto de investigación e
innovación aplicada.
El personal deberá ser contratado bajo cualquier modalidad acorde con la legislación
vigente y con las normas a las que esté sometida la Universidad de Cádiz.
En el caso de incrementos salariales y de cotización de obligado cumplimiento, los
costes salariales se actualizarán imputándose con cargo a los proyectos subvencionados.
Solamente se incluirá como gasto de personal las nuevas contrataciones realizadas
con cargo al proyecto, no considerándose gastos elegibles los costes del personal propio
de la universidad, las becas de formación, la cofinanciación de contratos incentivados
mediante otras convocatorias y los contratos formalizados con anterioridad al inicio del
periodo de ejecución del proyecto.
b) Costes totales de adquisición de equipamiento, alquiler de instrumental y
material inventariable necesario para la actuación. Se recomienda su adquisición en los
primeros meses de ejecución del proyecto, debiéndose destinar dichos bienes a fines
de investigación con posterioridad a la finalización del proyecto y debiendo inventariarse
conforme a las normas de inventario de esta Universidad.
c) Costes de adquisición de material fungible y suministros de carácter científico o
técnico con relación indubitada con el proyecto de investigación e innovación aplicada.
d) Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia
de fuentes externas. Costes de solicitud y otros costes asociados a la protección de la
propiedad industrial o intelectual.
e) Costes de contratación de servicios externos, consultorías destinados de manera
exclusiva a la actividad de investigación. Costes de servicios generales de investigación de
la universidad de Cádiz, conforme a las tarifas oficiales aprobadas por esta Universidad.
f) Gastos de movilidad (gastos de viajes, dietas, seguros o visados) que tengan
relación indubitada con el proyecto subvencionado:
1. Gastos de viajes, dietas y manutención del investigador/a principal, miembros del
equipo de investigación y miembros del equipo de trabajo, que figuren en la solicitud
inicial o hayan sido autorizados y/o comunicados con posterioridad.
2. Gastos de viajes y dietas del investigador/a principal y de los miembros del
equipo de investigación, que figuren en la solicitud inicial o hayan sido autorizados con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313419

Noveno. Dotación y cuantía de las ayudas.
1. La dotación presupuestaria para esta convocatoria es de 3.492.958,00 euros,
efectuándose la siguiente distribución por modalidades de IP solicitante de los proyectos
de investigación e innovación aplicada:
- Modalidad 1: Proyectos noveles liderados por investigador/a novel: 1.000.000,00 euros.
- Modalidad 2: Proyectos impulsa liderados por investigador/a consolidado: 2.480.000,00
euros.
Se reserva la cantidad de 12.958,00 euros para atender las posibles reclamaciones y
subsanaciones que, en los plazos previstos en la presente convocatoria, sean valoradas
positivamente.