3. Otras disposiciones. . (2025/1-37)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de investigación e innovación aplicada dentro del Plan Propio de Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025
página 56470/11
Vigésimo. Justificación.
1. Los equipos de investigación se ajustarán a los hitos necesarios de ejecución y
justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER
Andalucía 2021-2027.
2. Los destinatarios de la ayuda y esta Universidad mantendrán un sistema de
contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las
transacciones relacionadas con el proyecto de investigación. Los equipos de investigación
deberán acreditar la realización de las actuaciones financiadas y la correcta aplicación
de los fondos recibidos a la finalidad para la que fueron concedidos ante el Servicio de
Gestión de la investigación, del Área de Investigación y Transferencia de esta Universidad,
en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad financiada.
3. Los documentos de pago emitidos pueden tener fecha de vencimiento posterior
al periodo de ejecución siempre que dicha fecha esté comprendida dentro del plazo
concedido para presentar la documentación justificativa. No obstante, el gasto financiable
derivado del informe de auditoría, podrá realizarse y pagarse dentro del plazo concedido
para presentar la documentación justificativa.
4. La justificación se realizará mediante el sistema de cuenta justificativa con
aportación de informe de auditor previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
5. La justificación deberá realizarse al finalizar las actividades financiadas debiéndose
presentar los siguientes documentos:
a) Informe final científico-técnico en el modelo que se determine por la Universidad
de Cádiz que, deberá ser firmado por el investigador principal del proyecto, en el que
como mínimo se detallarán el desarrollo de las actividades, cumplimiento de los
objetivos propuestos en la actuación, así como el impacto de los resultados obtenidos
evidenciados, entre otros, mediante la difusión de resultados en publicaciones, revistas
científicas, libros y presentaciones en congresos, las acciones de transferencia, patentes,
internacionalización de las actividades y colaboraciones con grupos nacionales e
internacionales.
b) Cuenta justificativa con informe de auditor que contará con una memoria económica
consolidada de todos los gastos y los siguientes documentos por cada proyecto:
1.º Fichas justificativas normalizadas y certificación de los gastos y pagos realizados.
Los documentos originales acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de la
Universidad de Cádiz, a disposición de los órganos de comprobación y control.
2.º Indicación de las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones
acaecidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313419
f) Mantener la composición del equipo de investigación, en cuanto a los miembros que
forman parte del mismo, hasta el final del periodo de ejecución de la ayuda concedida,
salvo causa justificada.
g) Hacer constar en cualquier publicación que sea consecuencia de la actividad
desarrollada que la misma, ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER
Andalucía 2021-2027, y por la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de
la Junta de Andalucía. En los casos en los que la edición del medio de difusión lo permita,
imprimir además el emblema de la Unión Europea en la carátula de la publicación de
acuerdo con el Anexo II del Reglamento de ejecución (UE) 821/214 de la Comisión.
h) El IP y/o Co-IP responsables de los proyectos Novel-puente e Impulsa-Puente
deberá participar en las futuras convocatorias de Proyectos de Generación de
Conocimiento del Plan Estatal durante el período de ejecución del proyecto.
i) Cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa
comunitaria, estatal o autonómica aplicable, en las bases reguladoras, en esta
convocatoria y en el acto de concesión.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025
página 56470/11
Vigésimo. Justificación.
1. Los equipos de investigación se ajustarán a los hitos necesarios de ejecución y
justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER
Andalucía 2021-2027.
2. Los destinatarios de la ayuda y esta Universidad mantendrán un sistema de
contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las
transacciones relacionadas con el proyecto de investigación. Los equipos de investigación
deberán acreditar la realización de las actuaciones financiadas y la correcta aplicación
de los fondos recibidos a la finalidad para la que fueron concedidos ante el Servicio de
Gestión de la investigación, del Área de Investigación y Transferencia de esta Universidad,
en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad financiada.
3. Los documentos de pago emitidos pueden tener fecha de vencimiento posterior
al periodo de ejecución siempre que dicha fecha esté comprendida dentro del plazo
concedido para presentar la documentación justificativa. No obstante, el gasto financiable
derivado del informe de auditoría, podrá realizarse y pagarse dentro del plazo concedido
para presentar la documentación justificativa.
4. La justificación se realizará mediante el sistema de cuenta justificativa con
aportación de informe de auditor previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
5. La justificación deberá realizarse al finalizar las actividades financiadas debiéndose
presentar los siguientes documentos:
a) Informe final científico-técnico en el modelo que se determine por la Universidad
de Cádiz que, deberá ser firmado por el investigador principal del proyecto, en el que
como mínimo se detallarán el desarrollo de las actividades, cumplimiento de los
objetivos propuestos en la actuación, así como el impacto de los resultados obtenidos
evidenciados, entre otros, mediante la difusión de resultados en publicaciones, revistas
científicas, libros y presentaciones en congresos, las acciones de transferencia, patentes,
internacionalización de las actividades y colaboraciones con grupos nacionales e
internacionales.
b) Cuenta justificativa con informe de auditor que contará con una memoria económica
consolidada de todos los gastos y los siguientes documentos por cada proyecto:
1.º Fichas justificativas normalizadas y certificación de los gastos y pagos realizados.
Los documentos originales acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de la
Universidad de Cádiz, a disposición de los órganos de comprobación y control.
2.º Indicación de las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones
acaecidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313419
f) Mantener la composición del equipo de investigación, en cuanto a los miembros que
forman parte del mismo, hasta el final del periodo de ejecución de la ayuda concedida,
salvo causa justificada.
g) Hacer constar en cualquier publicación que sea consecuencia de la actividad
desarrollada que la misma, ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER
Andalucía 2021-2027, y por la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de
la Junta de Andalucía. En los casos en los que la edición del medio de difusión lo permita,
imprimir además el emblema de la Unión Europea en la carátula de la publicación de
acuerdo con el Anexo II del Reglamento de ejecución (UE) 821/214 de la Comisión.
h) El IP y/o Co-IP responsables de los proyectos Novel-puente e Impulsa-Puente
deberá participar en las futuras convocatorias de Proyectos de Generación de
Conocimiento del Plan Estatal durante el período de ejecución del proyecto.
i) Cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa
comunitaria, estatal o autonómica aplicable, en las bases reguladoras, en esta
convocatoria y en el acto de concesión.