3. Otras disposiciones. . (2025/1-37)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de investigación e innovación aplicada dentro del Plan Propio de Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

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de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimoséptimo. Plazo de ejecución.
Los proyectos tendrán una duración de dos años, a partir de la fecha que se
especifique en el acuerdo definitivo de concesión, sin que puedan superar la fecha tope
de ejecución establecida para el 31 de diciembre de 2027, salvo cambio de la fecha tope
comunicada por la Junta de Andalucía.

Decimonoveno. Obligaciones.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
a) Justificar la realización de la actuación financiada y de las condiciones, en su caso,
impuestas en el acuerdo definitivo de concesión.
b) Facilitar al Servicio de Gestión de la Investigación, del Área de Investigación y
Transferencia, de esta Universidad cuanta información precise para entender cumplida la
obligación de justificación de la ayuda.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Servicio de Gestión
de la Investigación, del Área de Investigación y Transferencia de esta Universidad, así
como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pudieran realizar
otros órganos de control competentes, y demás órganos de verificación y control.
d) Adoptar, de acuerdo con las normas aprobadas por esta Universidad, las medidas
para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en los medios
materiales que se utilicen para la difusión de la actuación financiada.
e) Comunicar al Servicio de Gestión de Investigación, del Área de Investigación y
Transferencia cualquier eventualidad que altere las condiciones que determinaron el
otorgamiento de la ayuda o que dificulte el desarrollo de la actuación financiada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313419

Decimoctavo. Modificación del acuerdo definitivo de concesión.
1. Las actuaciones deberán ejecutarse en el tiempo y forma en que se determine en
el acuerdo definitivo de concesión, no obstante, cuando surjan circunstancias concretas
que alteren las condiciones técnicas o económicas tenidas en cuenta para la concesión,
se podrá solicitar de manera justificada la modificación de dicho acuerdo en la forma que
se establezca en el correspondiente acuerdo definitivo de concesión y en todo caso antes
de la finalización del plazo de ejecución. La modificación no podrá afectar a los objetivos
perseguidos en la actuación aprobada o a los que hayan sido determinantes para su
concesión, ni dañe derechos de terceros.
2. El acuerdo definitivo de concesión podrá modificarse, en los siguientes supuestos,
siempre que estén debidamente justificados:
a) Sustitución del investigador o investigadora principal, siempre que el nuevo
investigador/a principal cumpla los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Salvo casos excepcionales debidamente justificados, solo se admitirá este cambio
como consecuencia de la pérdida de vinculación del investigador/a principal con esta
Universidad.
b) Con carácter general, una vez evaluado un proyecto y concedida la ayuda,
las modificaciones en el equipo de investigación sólo se autorizarán en casos muy
excepcionales debidamente justificados y siempre que no afecten a la ejecución del
proyecto.
c) Los cambios de los miembros del equipo de trabajo no requerirán de autorización,
pero sí de la comunicación previa a la Comisión de Investigación y además deberán
justificarse adecuadamente en el informe científico-técnico final.
d) Otras causas debidamente justificadas.