3. Otras disposiciones. . (2025/1-35)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se aprueba el Plan de Inspección Comercial de Andalucía para el año 2025.
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Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

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Black Friday o en periodo de rebajas, y se distribuirá el análisis de las páginas web
por provincias y productos con el fin de que no se inspeccionen las mismas páginas
por varias provincias. Se comprobará el cumplimiento de la publicidad, sobre todo lo
relacionado con los datos esenciales de los productos, la indicación del precio total a
satisfacer, distinguiendo entre el precio de venta y los impuestos aplicables, importe de
gastos de envío si están a cargo de la persona consumidora, forma y condiciones de
pago y reembolso, plazo máximo de recepción del producto.
• Actuación inspectora: La actuación inspectora consistirá en el análisis de las ventas
publicitadas en la página web de la empresa a inspeccionar. En caso de que se observara
alguna irregularidad, la Inspección Comercial levantará la correspondiente acta de inspección.
Se deberán cumplimentar los protocolos de inspección sobre «ventas sobre comercio
electrónico» elaborados por la Dirección General.
c) Datos y resultados.
Una vez terminadas las actuaciones se procederá a enviar a la Dirección General de
Comercio dentro de los 15 días siguientes al término de cada semestre de la campaña,
el correspondiente informe respecto a las inspecciones realizadas y la valoración de las
mismas, conforme al modelo que será remitido por la Dirección General de Comercio.
2.8. Campaña sobre el uso de la marca promocional «Artesanía hecha en Andalucía».
a) Justificación y objetivos.
Mediante la Orden 24 de marzo de 2021, se crea la marca promocional «Artesanía
hecha en Andalucía» que identifica la actividad de las empresas artesanas, personas
físicas o jurídicas, de la comunidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y acredita
que el producto que porte dicha marcha ha sido elaborado en un taller artesano inscrito
en el Registro de Artesanía de Andalucía.
En el artículo 6 de dicha orden se especifica las condiciones de uso de la marca
promocional, para las empresas artesanas, personas físicas o jurídicas, Asociaciones,
Federaciones y Confederaciones de artesanos y artesanas desde su inscripción en
el Registro de Artesanía de Andalucía y los establecimientos comerciales de venta de
artesanía desde el momento de la presentación de la declaración responsable.
Estas empresas artesanas, personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de
Artesanía de Andalucía, podrán identificar sus talleres, sedes y puntos de venta, tanto
fijos como temporales, con una placa identificativa que se elaborará de acuerdo con
lo previsto en la guía de identidad gráfica que figura en Anexo I de la anteriormente
mencionada orden.
Los productos artesanos correspondientes a oficios no contemplados en el
Decreto 4/2008, de 8 de enero, por el que se aprueba el Repertorio de Oficios Artesanos de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, no podrán identificarse con esta marca promocional.
A su vez las personas y entidades beneficiarias perderán el derecho para el uso de la
marca promocional cuando varíen los requisitos que dieron lugar a su obtención.
Esta marca promocional persigue los siguientes objetivos:
1. Crear una imagen que permita su distinción por parte de las personas consumidoras,
esta marca aunará los valores de la artesanía de Andalucía, su vinculación al territorio,
al patrimonio y a la innovación, siempre teniendo en cuenta la variedad de oficios y, por
tanto, de productos artesanales existentes en Andalucía.
2. Proteger y mantener el prestigio de las empresas artesanas, personas físicas o
jurídicas, de Andalucía y de sus obras.
3. Informar a las personas consumidoras sobre la producción artesanal andaluza.
4. Apoyar a los establecimientos comerciales de venta de artesanía ofreciendo la
información necesaria de los productos artesanales andaluces que los diferencie en el
mercado.
b) Planificación de actuaciones.
• Periodo de realización y ámbito de actuación: las visitas de inspección se realizarán
a lo largo de todo el año a los establecimientos comerciales que promocionen la venta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía