3. Otras disposiciones. . (2025/1-31)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da cumplimiento a la Orden de 4 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se deja sin efecto la disposición adicional segunda de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 29 de marzo de 2011, por la que se regula la declaración de comienzo, modificación y cese de las actividades que determinen la sujeción al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la comunidad autónoma y se aprueba el correspondiente modelo 760.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

página 56443/2

la compensación, salvo en el supuesto previsto en el artículo 58.2.b) del Reglamento
General de Recaudación, aprobado mediante Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, y
en el supuesto del párrafo a) del citado artículo si las cantidades a ingresar y a devolver
resultan de un mismo procedimiento de comprobación limitada y la tramitación y
resolución de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento.
Mediante Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, de 4
de diciembre de 2024, se ha dispuesto dejar sin efecto la disposición adicional segunda
de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 29 de marzo de
2011, y que, por tanto, la Agencia Tributaria de Andalucía acuerde la revocación de la
delegación de competencias efectuada mediante la Resolución de 27 de mayo de 2011,
por razones de razones de eficiencia, eficacia y simplificación administrativa.
Este Consejo Rector es el órgano superior de gobierno de la Agencia y ostenta la
alta dirección de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley
23/2007, de 18 de diciembre.
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos de fecha 4 de diciembre de 2024, este Consejo
Rector
RESU ELV E
Primero. Revocar la delegación de competencias efectuada mediante Resolución de
27 de mayo de 2011, por la que se da cumplimiento a la disposición adicional segunda
de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 29 de marzo
de 2011, por la que se regula la declaración de comienzo, modificación y cese de las
actividades que determinen la sujeción al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas
de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueba el
correspondiente modelo 760.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la citada Orden
de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, de fecha 4 de diciembre
de 2024, dejar subsistente la delegación en la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural para el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La resolución de los procedimientos de gestión tributaria, de imposición de sanciones
y revisión de actos en vía administrativa comprendidos en el ámbito de la delegación de
competencias que se encuentren iniciados a la fecha en la que despliegue sus efectos esta
resolución.
b) La ejecución de las resoluciones dictadas en vía administrativa que recaigan sobre
los actos que hayan sido dictados por la Consejería competente en materia de agua en el
ejercicio de las competencias delegadas.
Tercero. La Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía podrá dictar instrucciones
oportunas para dar cumplimiento a la presente resolución.
Cuarto. La presente resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y producirá efectos a partir de ese día.

00313394

Sevilla, 20 de diciembre de 2024.- La Presidenta de la Agencia Tributaria de Andalucía,
Amelia Ignacia Martínez Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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