3. Otras disposiciones. . (2024/252-19)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se aprueba la modificación del modelo de convenio tipo de colaboración y sus anexos correspondientes para la realización de la fase de formación en empresa u organismo equiparado de las enseñanzas de formación profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56444/4

Cuarta. Compromisos de la entidad colaboradora.
La entidad colaboradora se compromete a:
b) Designar a un tutor o tutora dual de la empresa u organismo equiparado, cuyos
datos figurarán en el anexo III, que tendrá entre sus funciones:
1. Tutorizar la realización en la empresa u organismo equiparado de las actividades
formativas necesarias para la adquisición de los resultados de aprendizaje recogidos en
el Anexo I.
2. Procurar que se cumplan las normas de régimen interno establecidas por el centro de trabajo.
3. Asegurar que el alumnado porte los equipos de protección individual que se le
proporcionen, así como el distintivo que les identifique como alumnado de formación profesional.
4. Colaborar con el profesorado del centro docente, mediante la elaboración de un
informe de valoración, en el seguimiento del alumnado durante su estancia en la empresa
y en la evaluación de los aprendizajes alcanzados.
5. Encomendar al alumnado, en base al plan de formación acordado, la realización
de actividades formativas relacionadas con el perfil profesional del ciclo en el que se
encuentra matriculado, orientadas a la adquisición de los resultados de aprendizaje
establecidos en el currículo del título, y recogidas en el Anexo I.
c) Poner a disposición del alumnado instrumentos y equipamientos necesarios para el
cumplimiento de las actividades formativas, así como garantizar la adecuada orientación
y asesoramiento para el correcto desempeño de las mismas.
i) Cumplir las medidas de prevención de riesgos personales y colectivas, las medidas
de seguridad e higiene, el protocolo de actuación ante emergencias, las medidas
medioambientales y las medidas sobre equipos de protección individual que deberá
utilizar el alumnado durante su estancia formativa.
Sexta. Calendario, jornada y horario.
El calendario, jornadas y horario de la fase de formación en la empresa u organismo
equiparado de la persona en formación a la que afecta el presente convenio serán los
especificados en el correspondiente Anexo II. Este documento, será firmado para cada
alumno o alumna y curso académico, entre el centro docente y entidad colaboradora.

Tercero. Modificación de los anexos.
De la Orden de 29 de abril de 2024 se excluye el Anexo I (Plan de Formación) y
el Anexo II (aceptación de las condiciones de la fase de formación en empresas
u organismos equiparados por parte del alumno/a) y, con la finalidad de simplificar la
gestión de los centros, en la fase de formación en empresa u organismo equiparado se
incorporan los siguientes:
a) Anexo I. Actividades formativas en la empresa u organismo equiparado.
b) Anexo II. Calendario anual centro docente-empresa u organismo equiparado.
c) Anexo III. Relación de alumnado.
Sevilla, 19 de diciembre de 2024.- El Director General, Florentino Santos Porras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Séptima. Asignación del alumnado.
El centro docente, en colaboración con la empresa u organismo equiparado, asignará los
puestos formativos al alumnado que curse un ciclo formativo o curso de especialización para
el que se desarrolla el convenio conforme a unos criterios objetivos (rendimiento académico,
asistencia a las actividades lectivas, competencias personales, entre otros que se estimen
oportunos) y acordes con la actividad de la entidad colaboradora, siempre que no supongan
discriminación de acuerdo con la normativa en materia de Formación Profesional.
El tutor o tutora del centro detallará el alumnado participante en la fase de formación
que quedará recogido en el Anexo III, que será firmado en cada curso académico por el
centro docente y la empresa u organismo equiparado participante.