Disposiciones generales. . (2024/252-6)
Extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se convocan las ayudas a la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas, las ayudas para el fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas y las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la normativa que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
Línea de ayuda
Ayudas para la mejora
de la comercialización
mediante campañas
de promoción de los
productos de la pesca y
la acuicultura
Ayudas para el
fomento de la
comercialización en el
marco de la calidad y
el valor añadido de los
productos, envases y
presentaciones de los
productos de la pesca y
la acuicultura
Ayudas a las
inversiones en
comercialización y
transformación de los
productos de la pesca y
de la acuicultura

Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56514/3

Cuantía máxima
2025
2026

Entidades
beneficiarias

Partidas presupuestarias

Entidades del sector
público andaluz

1400120000/G/71P/44200/00/G4220202A6

39.300,00

0,00

Personas y
entidades privadas

1400120000/G/71P/47300/00/G4220202A6

13.100,00

0,00

Entidades sin ánimo
de lucro

1400120000/G/71P/48300/00/G4220202A6

78.600,00

0,00

Personas y
entidades privadas

1400120000/G/71P/77300/00/G4220302A6

75.000,00

0,00

Personas y
entidades privadas

1400120000/G/71P/77300/00/G4220402A6

2.000.000,00

3.000.000,00

2.206.000,00

3.000.000,00

TOTAL

(*) En estas líneas de ayuda, las distintas partidas presupuestarias tienen carácter de vinculante, por lo que en
el caso de que una de ellas agotara el crédito, podría ser compensada por la otra.

Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para la mejora de
la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y
acuícolas, las ayudas para el fomento de la comercialización en el marco de la calidad y
el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros
y acuícolas y las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de
los productos pesqueros y acuícolas, de conformidad con el objetivo específico 2.2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313466

4. Se podrá contar con una cuantía adicional máxima de hasta 10.000.000,00 €, cuya
aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria, cuantía que podría
incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución
de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de
una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo. La declaración del aumento de crédito se publicará por quien
lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo medio de esta, sin que tal publicidad
lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio
de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y publicar la resolución correspondiente.
No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de
concesión un eventual aumento de crédito máximo disponible para esta convocatoria y
sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución
complementaria a la concesión de la subvención, incorporando en esta resolución
complementaria a los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener
la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse
agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía.