Autoridades y personal. . (2024/252-15)
Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024
página 56564/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
La oferta de empleo público se configura como el principal instrumento para favorecer
la entrada de nuevo talento en la Administración, teniendo como objeto fundamental
atender las necesidades de recursos humanos que no puedan cubrirse con los efectivos
de personal existentes, puesto que, además de establecer el número de plazas a
convocar y los perfiles necesarios, es uno de los mecanismos por los cuales se garantiza
el desarrollo de la carrera administrativa de su personal, mediante la promoción interna.
La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el marco del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en el capítulo I del título
VIII que es un instrumento de planificación del empleo público, entre otros, la oferta de
empleo público. Asimismo, en su artículo 91 establece que las necesidades de personal
para la prestación de los servicios, con asignación presupuestaria, que deban proveerse
con personal de nuevo ingreso, serán objeto de oferta de empleo público o instrumento
similar que, previa negociación colectiva, se aprobará anualmente.
La Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, dispone en su artículo 13.1 que durante el año 2024 se
podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta
el máximo que se establezca por la legislación básica estatal. Así, la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para
el año 2024, dispone en su artículo 20.Uno que la incorporación de personal de nuevo
ingreso con una relación indefinida en el sector público se llevará a cabo a través de la
oferta de empleo público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco
plurianual. Por su parte, en el artículo 20.Dos establece que la oferta de empleo público
se articulará con una tasa de reposición de efectivos que será del 120 por ciento en los
sectores prioritarios y, en los demás sectores, del 110 por ciento. En el apartado Tres.1
de este mismo artículo se regula el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de
efectivos, a efectos del porcentaje máximo autorizado en cada sector, determinando en el
apartado Tres.4 que no computarán dentro del límite máximo de la tasa de reposición las
plazas que se cubran como consecuencia de la incorporación de personal en ejecución
de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, las que se convoquen por
promoción interna, las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante
sentencia judicial y las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de
nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal,
autonómica o local.
También hay que hacer mención a lo dispuesto en la disposición transitoria segunda
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo
con la cual el personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, estuviera desempeñando funciones de
personal funcionario podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna
convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta
con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos cuerpos y escalas a los
que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313514
Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el
año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024
página 56564/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
La oferta de empleo público se configura como el principal instrumento para favorecer
la entrada de nuevo talento en la Administración, teniendo como objeto fundamental
atender las necesidades de recursos humanos que no puedan cubrirse con los efectivos
de personal existentes, puesto que, además de establecer el número de plazas a
convocar y los perfiles necesarios, es uno de los mecanismos por los cuales se garantiza
el desarrollo de la carrera administrativa de su personal, mediante la promoción interna.
La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el marco del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en el capítulo I del título
VIII que es un instrumento de planificación del empleo público, entre otros, la oferta de
empleo público. Asimismo, en su artículo 91 establece que las necesidades de personal
para la prestación de los servicios, con asignación presupuestaria, que deban proveerse
con personal de nuevo ingreso, serán objeto de oferta de empleo público o instrumento
similar que, previa negociación colectiva, se aprobará anualmente.
La Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, dispone en su artículo 13.1 que durante el año 2024 se
podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta
el máximo que se establezca por la legislación básica estatal. Así, la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para
el año 2024, dispone en su artículo 20.Uno que la incorporación de personal de nuevo
ingreso con una relación indefinida en el sector público se llevará a cabo a través de la
oferta de empleo público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco
plurianual. Por su parte, en el artículo 20.Dos establece que la oferta de empleo público
se articulará con una tasa de reposición de efectivos que será del 120 por ciento en los
sectores prioritarios y, en los demás sectores, del 110 por ciento. En el apartado Tres.1
de este mismo artículo se regula el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de
efectivos, a efectos del porcentaje máximo autorizado en cada sector, determinando en el
apartado Tres.4 que no computarán dentro del límite máximo de la tasa de reposición las
plazas que se cubran como consecuencia de la incorporación de personal en ejecución
de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, las que se convoquen por
promoción interna, las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante
sentencia judicial y las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de
nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal,
autonómica o local.
También hay que hacer mención a lo dispuesto en la disposición transitoria segunda
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo
con la cual el personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, estuviera desempeñando funciones de
personal funcionario podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna
convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta
con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos cuerpos y escalas a los
que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313514
Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el
año 2024.