Autoridades y personal. . (2024/252-14)
Decreto 274/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56563/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 55.2, que corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia compartida con el Estado sobre el régimen
estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público.
Por su parte, el artículo 76.2.a) establece la competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma sobre la planificación, organización general, la formación y la acción social
de su función pública en todos los sectores materiales de prestación de los servicios
públicos de la Comunidad Autónoma y el artículo 47.1.1.ª atribuye la competencia
exclusiva en relación con el procedimiento administrativo derivado de las especialidades
de la organización propia de la Comunidad Autónoma.
El artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en adelante TRLEBEP,
dispone que la oferta de empleo público se aprobará por los órganos de gobierno de las
Administraciones Públicas anualmente. En este sentido, el artículo 8 de la Ley 5/2023, de
7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, establece que corresponde al Consejo
de Gobierno establecer, dirigir y coordinar la política general de la Junta de Andalucía
en materia del personal de la Administración de la Junta de Andalucía y, entre otras, la
competencia para aprobar la oferta de empleo público, regulando el artículo 91 de la
referida ley, el objeto y contenido de la oferta de empleo público.
La Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, dispone, en su artículo 13.1, que durante el año 2024 se
podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta
el máximo que se establezca por la legislación básica estatal.
Así, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, prorrogados durante el ejercicio 2024 en virtud del artículo 134.4 de
la Constitución Española, prevé en su artículo 20.Dos.1.a) y 3.B) una tasa de reposición
de efectivos del 120% en los sectores considerados prioritarios, entre los que se
encuentran las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de
las plazas de personal estatutario. Por su parte, el artículo 20.Dos.4 establece que
las Administraciones Públicas deberán tener en cuenta las plazas de personal interino
por vacante y personal laboral temporal por vacante nombradas en el año 2023. Sigue
dicho apartado indicando que, en todo caso, las vacantes ocupadas por este personal
deberán incluirse en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio en que se
produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su
amortización. Y, por último, el artículo 20.Dos.2 establece que cada Administración podrá
autorizar, con carácter extraordinario, una tasa específica que sea necesaria para dar
cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, consistente en que la
temporalidad en el empleo público no supere el 8 por ciento de las plazas de naturaleza
estructural en cada uno de sus ámbitos, siempre que venga justificado de acuerdo con
el instrumento de planificación plurianual con que deberá contar. De este modo, la oferta
que se aprueba en 2024 es de 13.486 plazas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Decreto 274/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de
empleo público para el año 2024, de los centros sanitarios del Servicio Andaluz
de Salud.