Disposiciones generales. . (2024/252-1)
Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 55980/8

Uno. Se modifica el artículo 2, que queda redactado como sigue:

2. Adscrita a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz se halla la
Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar.
3. Las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía
son las representantes de éste en cada provincia; gozarán, además, de la condición de
primera autoridad de la Administración de la Junta de Andalucía, y ejercerán funciones
de coordinación y supervisión de los servicios y de las actividades de la Administración
de la Junta de Andalucía en dicho ámbito territorial.
4. Están adscritas a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa las siguientes entidades instrumentales:
a) La Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).
b) Junto a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, la Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), a través de la
persona titular de la Consejería, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2021, de
23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el
Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de
Andalucía (ACCUA).
c) La Agencia Digital de Andalucía, a través de la persona titular de la Consejería.
d) La Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces, a través de la
Viceconsejería.
e) La Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, a través
de la Secretaría General de Interior.
5. Se adscriben a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa la Oficina de la Junta de Andalucía en Madrid y la Oficina
de la Junta de Andalucía en Barcelona, a través de la Viceconsejería, y la Delegación de
la Junta de Andalucía en Bruselas, a través de la Secretaría General de la Presidencia.
En todos los casos desarrollarán las funciones de difusión, promoción y representación
institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312926

Artículo 2. Organización general de la Consejería.
1. La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa se estructura, bajo la superior dirección de su titular, en los siguientes
órganos directivos:
a) Centrales:
Viceconsejería.
Secretaría General de la Presidencia.
Secretaría General de Interior.
Secretaría General de Relaciones con el Parlamento.
Secretaría General Técnica.
Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
Dirección General de Comunicación Social.
Dirección General de Comunicación.
Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa.
b) Periféricos:
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga.
Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla.