3. Otras disposiciones. . (2024/252-16)
Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se adecúan las retribuciones aplicables al personal asimilado a alto cargo y otro personal directivo de determinadas entidades instrumentales del sector público andaluz y de los consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56565/4

Estatutos, en atención a la especial competencia técnica y relevancia de las tareas que le
sea asignadas. Dicho personal estará sometido a la relación laboral de carácter especial,
salvo que desempeñe puestos que, según los Estatutos, no correspondan a personal
laboral.
Asimismo, a los efectos previstos en el presente Acuerdo, se entenderá que el
presupuesto de la entidad se corresponde con la suma de los presupuestos de explotación
y capital, en su cómputo total, en la aprobación inicial que acompaña al Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente, a los referidos efectos se considerará
como plantilla media de trabajadores la que conste en las cuentas anuales aprobadas
del último ejercicio económico-financiero, o en ausencia de dicho dato la plantilla media
anual certificada por la entidad.
Quinto. La modificación de los contratos de trabajo que derive de la aplicación
del presente Acuerdo requerirá de los informes previos favorables de las Consejerías
competentes en materia de Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con lo
establecido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente.
Sexto. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo
promoverán en un plazo máximo de seis meses la adopción de las medidas oportunas
para adecuar las particularidades de sus estatutos o normas organizativas equivalentes a
la naturaleza jurídica laboral de carácter especial de los contratos del personal directivo.
Séptimo. Queda sin efectos el apartado segundo del Acuerdo de 24 de julio de 2012,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba un conjunto de medidas relacionadas con
el cumplimiento del Plan Económico-Financiero de reequilibrio de la Junta de Andalucía
2012-2014.
Octavo. Se habilita a las personas titulares de las Consejerías competentes en
materia de Hacienda y sector público instrumental para el desarrollo y la ejecución del
presente Acuerdo.
Noveno. El presente Acuerdo producirá efectos a partir del día 1 de enero de 2025,
sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de diciembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO SANZ CABELLO

00313515

Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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