3. Otras disposiciones. . (2024/251-56)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, curso 2024-2025.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DIÁ LOG O SOC IA L Y SIMPLIFIC A C IÓN
A DMINISTRA TIV A
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Boletín
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
Hoja 5 de 28
página 56418/4
ORGANISMO: DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CÁDIZ
6.- Son de aplicación el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, por el que se ha
modificado el Decreto 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías por razones de eficacia, eficiencia y de
actualización de la organización administrativa, que hacen aconsejable concretar un ámbito competencial diferente para el
desarrollo y planificación del programa político del Gobierno, y el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
7.- Según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 y en el apartado 13 del
cuadro resumen para la línea de subvención a Entidades Sin Ánimo de Lucro en materia de absentismo escolar, la persona
competente para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de
Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía en la Provincia de Cádiz, por delegación de la Consejera de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, y por tanto
RESUELVE
1.- Considerar como beneficiarias a las Entidades Sin Ánimo de Lucro relacionadas en el ANEXO I adjunto y con las
correspondientes cuantías que figuran en el mismo para la ejecución de los proyectos de prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar, curso escolar 2024-2025. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de las Bases Reguladoras, aprobadas
por la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA Nº. 95 de 17/05/2011), y en el apartado 24 del correspondiente cuadro resumen para
dichas ayudas, se procederá a abonar la totalidad de la subvención concedida en un único pago anticipado del 100%, con
justificación diferida, mediante las consiguientes transferencias a las cuentas bancarias de las entidades beneficiarias de la
subvención a cargo de la partida presupuestaria 1100020000/G/42F/48100/11/01, del ejercicio económico del año 2024.
2.- Denegar la ayuda, por no cumplir los requisitos establecidos en la Bases Reguladoras, a las Entidades Sin Ánimo de Lucro
relacionadas en el Anexo II adjunto.
3.- De acuerdo con lo recogido en la Orden citada, las entidades que figuran en el Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos
actividades que tendrán como objeto la consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les ha concedido una subvención, que figura
como presupuesto aceptado en el citado Anexo y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las Bases Reguladoras para esta línea de subvención
(pág. 148, del BOJA de 17/05/2011):
Mediación familia-escuela.
Organización de actividades de apoyo educativo, culturales, deportivas o de ocio para la ocupación y formación en
el tiempo libre, que repercutan en la asistencia regular del alumnado a los centros.
Colaboración con los centros docentes, servicios educativos y entidades del entorno para coordinarse en el
seguimiento escolar del alumnado, estableciendo procesos de acompañamiento tutorizado en los casos que sean
necesarios.
00313361
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
A DMINISTRA TIV A
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Boletín
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
Hoja 5 de 28
página 56418/4
ORGANISMO: DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CÁDIZ
6.- Son de aplicación el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, por el que se ha
modificado el Decreto 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías por razones de eficacia, eficiencia y de
actualización de la organización administrativa, que hacen aconsejable concretar un ámbito competencial diferente para el
desarrollo y planificación del programa político del Gobierno, y el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
7.- Según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 y en el apartado 13 del
cuadro resumen para la línea de subvención a Entidades Sin Ánimo de Lucro en materia de absentismo escolar, la persona
competente para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de
Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía en la Provincia de Cádiz, por delegación de la Consejera de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, y por tanto
RESUELVE
1.- Considerar como beneficiarias a las Entidades Sin Ánimo de Lucro relacionadas en el ANEXO I adjunto y con las
correspondientes cuantías que figuran en el mismo para la ejecución de los proyectos de prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar, curso escolar 2024-2025. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de las Bases Reguladoras, aprobadas
por la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA Nº. 95 de 17/05/2011), y en el apartado 24 del correspondiente cuadro resumen para
dichas ayudas, se procederá a abonar la totalidad de la subvención concedida en un único pago anticipado del 100%, con
justificación diferida, mediante las consiguientes transferencias a las cuentas bancarias de las entidades beneficiarias de la
subvención a cargo de la partida presupuestaria 1100020000/G/42F/48100/11/01, del ejercicio económico del año 2024.
2.- Denegar la ayuda, por no cumplir los requisitos establecidos en la Bases Reguladoras, a las Entidades Sin Ánimo de Lucro
relacionadas en el Anexo II adjunto.
3.- De acuerdo con lo recogido en la Orden citada, las entidades que figuran en el Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos
actividades que tendrán como objeto la consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les ha concedido una subvención, que figura
como presupuesto aceptado en el citado Anexo y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las Bases Reguladoras para esta línea de subvención
(pág. 148, del BOJA de 17/05/2011):
Mediación familia-escuela.
Organización de actividades de apoyo educativo, culturales, deportivas o de ocio para la ocupación y formación en
el tiempo libre, que repercutan en la asistencia regular del alumnado a los centros.
Colaboración con los centros docentes, servicios educativos y entidades del entorno para coordinarse en el
seguimiento escolar del alumnado, estableciendo procesos de acompañamiento tutorizado en los casos que sean
necesarios.
00313361
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja