3. Otras disposiciones. . (2024/251-56)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, curso 2024-2025.
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DIÁ LOG O SOC IA L Y SIMPLIFIC A C IÓN
A DMINISTRA TIV A
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Boletín
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

Hoja 23 de 28
página 56418/22

ORGANISMO: DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CÁDIZ

comprendido entre el 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025 y se considera gasto realizado el que ha sido
efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. En todo caso, tales gastos deben corresponder al
período de ejecución en que se desarrollan cada uno de los proyectos presentados por las distintas entidades beneficiarias, es decir,
durante el período en que efectivamente se realiza la actividad.

7.- Justificación de la subvención: Las entidades objeto de subvenciones estarán sujetas a lo que se establece en el artículo 27 de
las Bases Reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, y tal como se concreta en el Cuadro Resumen según el apartado 26.f )
1º, esto es:
- Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, el contenido de la misma será el indicado en el artículo 27.2.a) 1ª de
las citadas Bases Reguladoras:
1.º Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. La citada memoria final del
Proyecto a aportar en la fase de justificación, no podrá tener carácter genérico y, por tanto, deberá especificar, en todos y
cada uno de los centros donde se haya producido la intervención, el colectivo, alumnos, curso a los que pertenecen los
mismos, las tareas realizadas por los mismos en cada una de las actividades, de manera que sea plenamente identificada
a la actividad subvencionada para el centro y el curso 2024-2025.
2.º Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe,
fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se
indicarán las desviaciones acaecidas.
- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la
documentación acreditativa del pago.
- Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a
que se hace referencia en el primer párrafo.
- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber
solicitado la persona beneficiaria.
- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses
derivados de los mismos.

00313361

Asimismo, el plazo máximo para la presentación de la justificación será el 31 de agosto de 2025 como se establece en el
apartado 26.b) del Cuadro Resumen. Todos los documentos justificativos del gasto serán originales, como queda establecido en el
apartado 26.c)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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